INVERSIONES LIBARDON S.A./MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS-DIRECCION DE CONTABILIDAD Y FINANZAS - (LTE)
Rol
Fecha
24 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA (FALLO DEL ACUERDO)
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que comparece Luis Felipe García Morales, ingeniero de caminos, canales y puertos, en representación de Libardon S.A. (Ex Inversiones Libardon S.A., Ex Sembcorp Libardon S.A.), empresa de servicios sanitarios, interponiendo recurso de reclamación en contra de la Resolución Exenta N° 1910 dictada por el Director General de Aguas el 31 de julio de 2023 y notificada el 3 de agosto de ese año, por haber rechazado el recurso de reconsideración que dedujo en contra de la Resolución Exenta N° 3847, de 29 de diciembre de 2022, que fijó listado de derechos de aprovechamiento de aguas afectos al pago de patente a beneficio fiscal por no utilización de las aguas, incluyendo el derecho de aprovechamiento inscrito a fojas 114 N°111 del año 1996 del Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de Santiago bajo el N°1913. Actuación que considera arbitraria e ilegal, ya que las aguas asociadas a dicho derecho no han podido ser extraídas legalmente por la excesiva demora de la Dirección General de Aguas en resolver dos solicitudes de cambio de punto de captación que fueron presentadas por Sacyr Agua Santiago S.A. (ex Sembcorp Aguas Santiago S.A.), empresa sanitaria a la cual se entregó en préstamo de uso el referido derecho, por lo que solicita que se acoja el presente recurso de reclamación, y, en definitiva, se deje sin efecto la Resolución Exenta N° 1910, modificando la Resolución Exenta N° 3847, eliminando el cobro por concepto de patente por no uso asociado al numeral 1913 y, en subsidio, que la patente sea rebajada a los litros por segundo que en derecho corresponda. Explica que el derecho de aprovechamiento de aguas reclamado corresponde a uno consuntivo, de ejercicio permanente y continuo, por un caudal de 40 litros por segundo, para ser captado por elevación mecánica desde un pozo ubicado en la comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana. Indica que mediante escritura pública de 2 de diciembre de 2015, Libardon S.A. dio en préstamo de uso dicho derecho a Sacyr Agua Santiago S.A., autorizándola expresamente a solicitar el traslado del punto de captación de las aguas. En uso de dicha facultad contractual, Sacyr Agua Santiago S.A. ingresó el 30 de noviembre de 2020 ante la Dirección General de Aguas de la Región Metropolitana dos solicitudes de cambio de punto de captación, dando origen a los expedientes VPC-1306-858 y VPC-1306-859, por caudales de 5 y 22 litros por segundo, respectivamente, para ser captados desde otros puntos dentro de la comuna de Lo Barnechea. Sostiene que ambas solicitudes de cambio de punto de captación, a la fecha de interposición de este reclamo, aún no han sido resueltas por la Dirección General de Aguas, no obstante haber transcurrido más de dos años desde su presentación y haberse acompañado todos los antecedentes requeridos. Agrega que lo anterior ha implicado que las aguas asociadas al derecho de aprovechamiento reclamado no han podido ser legalmente extraídas, generando perjuicios t
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en el artículo 137 del Código de Aguas, se rechaza el recurso de reclamación deducido por Libardon S.A. en contra de la Resolución Exenta N°1910, de 31 de julio de 2023 de la Dirección General de Aguas. Regístrese, comuníquese y archívese. Redactó la ministra Carolina Brengi Zunino. Rol ingreso N°579-2023 Contencioso Administrativo. No firma la Ministra suplente señora Assef, por ausencia, sin perjuicio de haber concurrido a la vista y acuerdo de la causa. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Carolina Brengi Zunino, la Ministra suplente señora Laura Assef Monsalve y la Abogada Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinticuatro de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando: Primero: Que comparece Luis Felipe García Morales, ingeniero de caminos, canales y puertos, en representación de Libardon S.A. (Ex Inversiones Libardon S.A., Ex Sembcorp Libardon S.A.), empresa de servicios sanitarios, interponiendo recurso de reclamación en contra de la Resolución Exenta N° 1910 dictada por el Di
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica