FERNANDEZ NEIRA KARINNA CECILIA / MATUS ACUÑA JEAN PIERRE
Rol
Fecha
24 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Fallo
Por estas razones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 119 del Código de Procedimiento Civil, se acoge el incidente de recusación y se declara inhabilitado al Ministro señor Jean Pierre Matus Acuña, quien deberá abstenerse de intervenir en los autos caratulados “Sepúlveda con Cariola”, Rol N° 55.818-2024, que se encuentran ingresados en el Máximo Tribunal. Póngase esta declaración en conocimiento de la Excma. Corte Suprema y del aludido señor Ministro, para los fines señalados. Ofíciese al efecto. Devuélvase la suma consignada. Al primer otrosí: estése a lo resuelto. Al segundo otrosí: a sus antecedentes. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°Penal-6355-2024. Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Jorge Zepeda Arancibia, e integrada por el Ministro señor Alejandro Rivera Muñoz y por la Abogada Integrante señora María Fernanda Vásquez Palma.
Texto Completo (Preview)
vlm C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de diciembre de dos mil veinticuatro. A sus antecedentes la certificación que antecede y, con su mérito, proveyendo derechamente a lo principal del folio N° 5: en virtud de los antecedentes que obran en la causa y habiéndose realizado el pago de la consignación prevista en el artículo 118 del Código de Procedimiento Civil, se acoge la reposición y, en c
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