DURÁN/GOBIERNO REGIONAL METROPOLITANO DE SANTIAGO
Rol
Fecha
24 de diciembre de 2024
Materia
RECARGOS
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, ante el Juez de Letras del Trabajo, procede contra las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de seguridad social, naturaleza jurídica que, en la especie, la resolución impugnada no comparte. Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 476 del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la solicitada, con fecha diecinueve de noviembre de dos mil veinticuatro (folio N° 8), contra la resolución de trece de noviembre del año en curso (folio N° 5). N° Laboral-Cobranza-4161-2024. Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Jorge Zepeda Arancibia, e integrada por el Ministro señor Alejandro Rivera Muñoz y por la Abogada Integrante señora María Fernanda Vásquez Palma.
Fallo
Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 476 del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la solicitada, con fecha diecinueve de noviembre de dos mil veinticuatro (folio N° 8), contra la resolución de trece de noviembre del año en curso (folio N° 5). N° Laboral-Cobranza-4161-2024. Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Jorge Zepeda Arancibia, e integrada por el Ministro señor Alejandro Rivera Muñoz y por la Abogada Integrante señora María Fernanda Vásquez Palma.
Texto Completo (Preview)
vlm C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, ante el Juez de Letras del Trabajo, procede contra las sentencias interlocutorias que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, las que se pronuncien sobre medidas cautelares y las que fijen el monto de las liquidaciones o reliquidaciones de
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