MALETTE RUIZ SANTIAGO NICOLÁS/CARABINEROS DE CHILE
Rol
Fecha
24 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Antonio Fernando Rojas Araya, abogado, en representación de don Santiago Nicolás Malette Ruiz, e interpone recurso de amparo constitucional en contra de funcionarios de Carabineros de Chile del Retén de Rungue, Til Til, por el acto ilegal de haber procedido a la detención del amparado sin contar con orden judicial previa y sin que existiera situación de flagrancia que la justificara, vulnerando con ello los derechos fundamentales de libertad personal y seguridad individual, así como la inviolabilidad del hogar, que la Constitución Política de la República garantiza a todas las personas. Expone que el 17 de diciembre de 2024, en horas de la mañana, personal de Carabineros del Retén de Rungue ingresó sin orden judicial al predio de propiedad de don Santiago Nicolás Malette Ruiz, ubicado en la Hijuela Primera o La Vinilla del Fundo Las Casas de Rungue, comuna de Til Til, lugar donde el amparado se encontraba junto a su madre, doña Lynn Malette. Señala que, en dicha ocasión, los funcionarios policiales procedieron a la detención del amparado argumentando la presunta comisión de los delitos de amenazas y daños, sin exhibir orden judicial alguna que autorizara tanto el ingreso al inmueble como la privación de libertad. Agrega que, posteriormente, el abogado recurrente tomó contacto telefónico con el Retén de Rungue, en que el Cabo Muñoz confirmó que don Santiago Nicolás Malette Ruiz se encontraba detenido por los delitos mencionados. No obstante, el funcionario reconoció expresamente que no se había informado de la detención al Fiscal de Turno, contraviniendo las normas vigentes que rigen la privación de libertad. Hace presente que resulta imposible que se hayan configurado los delitos de amenaza y daño en el predio de propiedad del amparado, dado que no existe autorización para el ingreso de terceros o bienes de su propiedad al referido campo. Alega que el actuar de Carabineros carece de legalidad por las siguie
Fundamentos
considerando que el amparado, quien fue detenido el 17 de diciembre de 2024, fue pasado a audiencia de control de detención ante el Juzgado Garantía de Colina, el cual por resolución de 18 de diciembre recién pasado, al revisar los presupuestos de la detención del amparado, declaró la ilegalidad de aquella y se ordenó su libertad, por lo que acontece entonces que el supuesto fáctico que fundamenta la petición de tutela a sus garantías de libertad personal y seguridad individual no subsiste en la actualidad, de modo que no existiendo medida que deba ser adoptada por esta Corte a efectos de restablecer el imperio del derecho, deberá necesariamente desestimarse la presente acción constitucional. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación y
Fallo
fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Santiago Nicolás Malette Ruiz en contra de Carabineros de Chile. Regístrese y en su oportunidad archívese. N°Amparo-3854-2024. En Santiago, veinticuatro de diciembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de diciembre de dos mil veinticuatro. Al escrito folio 7, téngase presente y a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Antonio Fernando Rojas Araya, abogado, en representación de don Santiago Nicolás Malette Ruiz, e interpone recurso de amparo constitucional en contra de funcionarios de Carabineros de Chile del Retén de Rung
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica