SIN INFORMACION

OSCAR FRANCISCO VARGAS JARA /COMISION LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

24 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Comparece Karla Angulo Cortes, Abogada, Defensora Penal Privada, domiciliada en Av. Argentina 3295 oficina 402, Antofagasta por el condenado Oscar Francisco Vargas Jara, cédula nacional de identidad 17.205.706-3, quien deduce acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional por la dictación de la resolución de fecha 11 de octubre de 2024, mediante la cual se rechaza la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional, sin ajustarse a derecho, por lo que su privación de libertad se torna arbitraria e ilegal, solicitando se revoque la resolución señalada y se ordene conceder la libertad condicional al amparado. Informa la recurrida al tenor del recurso. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la recurrente expone que su representado se encuentra cumpliendo condena impuesta por el Tribunal de Garantía de Tocopilla, en los autos RIT 1282-2021, quien fue condenado a las penas de: - 541 de presidio menor en su grado mínimo como autor del delito de manejo en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir, más la pena pecuniaria de multa de 2 unidades tributarias mensuales y la prohibición de obtener la licencia de conducir por dos años - La pena pecuniaria de 2 unidades tributarias mensuales por el delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar; - La pena de 541 de reclusión menor en su grado mínimo por el delito de desacato en contexto de violencia intrafamiliar; La pena de pecuniaria de 2 unidades tributarias mensuales por el delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar y prohibición de acercarse a la víctima doña Daniela Torres Fernández a su domicilio, lugar de trabajo, donde ella se encuentra en un radio de 100 metros, por el plazo de 1 año, todos delitos cometidos en la ciudad de Tocopilla. Indica que con fecha 19 de junio del 2023 se revocó el beneficio de reclusión parcial nocturna domiciliaria por lo que su representado se encuentra actualmente cumpliendo la pena corporal de 622 días, y de acuerdo a la información proporcionada por Gendarmería de Chile, la fecha de inicio de cumplimiento de la condena de acuerdo al registro institucional es el del 29 de julio del 2023 y se proyecta su cumplimiento para el 10 de junio del 2025. En relación al tiempo mínimo de postulación a libertad condicional, éste se verificó el 04 de julio de 2024. Añade que, al considerarse por Gendarmería de Chile, mediante su tribunal de conducta, que su representado cumple con todos los requisitos legales y reglamentarios fijados por el D.L. N°321 y su respectiva modificación, el segundo semestre del año 2024 su representado fue postulado a la Comisión para optar a la Libertad Condicional. Refiere que, por resolución de fecha 11 de octubre de 2024, la Comisión de Libertad Condicional rechazó la petición de libertad condicional del amparado, la cual adjunta y transcribe en lo pertinente. Posteriormente se refiere a la procedencia del recurso de amparo en el caso concreto, en relación a lo dispuesto en el artículo 21 inciso segundo de la Constitución Política de la República, el cual considera ampara la situación que afecta a su representado, siendo además una manifestación del derecho al recurso judicial efectivo, consagrado en el artículo 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos, aplicable a nuestro ordenamiento jurídico en virtud de los artículos 1°, 5° inciso 2° y 54 de la Carta Magna. Agregando que, la resolución, mediante la cual rechaza la concesión de Libertad Condicional a su representado, atendiendo a que, no cumpliría con los requisitos necesarios, se erige como un supuesto errado, constituyendo un acto ilegal y arbitrario que afecta la libertad pe

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema del 19 de diciembre de 1932, sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, el recurso de amparo interpuesto por Karla Angulo Cortes, Abogada, Defensora Penal Privada, por el condenado Oscar Francisco Vargas Jara, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese y comuníquese. Rol 582-2024 (AMPARO) 1

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, veinticuatro de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Comparece Karla Angulo Cortes, Abogada, Defensora Penal Privada, domiciliada en Av. Argentina 3295 oficina 402, Antofagasta por el condenado Oscar Francisco Vargas Jara, cédula nacional de identidad 17.205.706-3, quien deduce acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional por la dictación de

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