1º JUZGADO DE LETRAS DE OVALLE

BRAVO DUBO, SANDRA/CISTERNAS RODIRGUEZ, AMALIA Y OTRO

Rol

Fecha

26 de diciembre de 2024

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA

Resultado

OMITE PRONUNCIAMIENTO

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Hechos

VISTOS: Teniendo presente que la apelación lo es respecto de una resolución cuya naturaleza se enmarca en lo dispuesto en el N° 7 del artículo 698 del Código de Procedimiento Civil, siendo inoportuna, por tanto, la remisión de estos autos atendido su estado procesal, y visto lo dispuesto en el artículo 699 del mismo cuerpo legal, se omite pronunciamiento de la apelación deducida en contra de la resolución de nueve de julio de dos mil veinticuatro. Devuélvase a fin que el tribunal lo remita en su oportunidad procesal pertinente, si correspondiere. Respecto del recurso de apelación Rol N°1797-2024: VISTOS: Teniendo presente que la apelación lo es respecto de una resolución cuya naturaleza se enmarca en lo dispuesto en el N° 7 del artículo 698 del Código de Procedimiento Civil, siendo inoportuna, por tanto, la remisión de estos autos atendido su estado procesal, y visto lo dispuesto en el artículo 699 del mismo cuerpo legal, se omite pronunciamiento de la apelación deducida en contra de la resolución de nueve de julio de dos mil veinticuatro. Devuélvase a fin que el tribunal lo remita en su oportunidad procesal pertinente, si correspondiere. Rol N°1796-2024 Civil.-

Fallo

por tanto, la remisión de estos autos atendido su estado procesal, y visto lo dispuesto en el artículo 699 del mismo cuerpo legal, se omite pronunciamiento de la apelación deducida en contra de la resolución de nueve de julio de dos mil veinticuatro. Devuélvase a fin que el tribunal lo remita en su oportunidad procesal pertinente, si correspondiere. Respecto del recurso de apelación Rol N°1797-2024: VISTOS: Teniendo presente que la apelación lo es respecto de una resolución cuya naturaleza se enmarca en lo dispuesto en el N° 7 del artículo 698 del Código de Procedimiento Civil, siendo inoportuna, por tanto, la remisión de estos autos atendido su estado procesal, y visto lo dispuesto en el artículo 699 del mismo cuerpo legal, se omite pronunciamiento de la apelación deducida en contra de la resolución de nueve de julio de dos mil veinticuatro. Devuélvase a fin que el tribunal lo remita en su oportunidad procesal pertinente, si correspondiere. Rol N°1796-2024 Civil.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, veintiséis de diciembre de dos mil veinticuatro. A folio N°10: Estese a lo que se resolverá. Respecto del recurso de apelación Rol N°1796-2024: VISTOS: Teniendo presente que la apelación lo es respecto de una resolución cuya naturaleza se enmarca en lo dispuesto en el N° 7 del artículo 698 del Código de Procedimiento Civil, siendo inoportuna, por tanto, la remisión de estos autos aten

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