29º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

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Rol

Fecha

4 de febrero de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte ejecutada, con fecha dieciocho de noviembre de dos mil veinticuatro (folio N° 5 -cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado-), en contra de la resolución de fecha catorce de noviembre del mismo año (folio N° 4). Devuélvase. N°Civil-19.695-2024.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte ejecutada, con fecha dieciocho de noviembre de dos mil veinticuatro (folio N° 5 -cuaderno de incidente de nulidad de lo obrado-), en contra de la resolución de fecha catorce de noviembre del mismo año (folio N° 4). Devuélvase. N°Civil-19.695-2024.

Texto Completo (Preview)

vlm C.A. de Santiago Santiago, cuatro de febrero de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedim

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