TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE QUILLOTA

C/ ANTONIO BELISARIO LOPEZ CASTRO

Rol

Fecha

24 de diciembre de 2024

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, los defensores penales Carlos Oliva Ballón y Cristopher Veas Bermúdez, recurren de nulidad en contra la sentencia de 04 de noviembre del año en curso, recaída en los autos RIT 130-2023 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota, que condenó al acusado Ariel Antonio López como autor del delito de tráfico ilícito de estupefacientes del artículo 3 de la ley 20.000, a la pena de 4 años de presidio mayor en su grado mínimo, 10 UTM más las accesorias legales correspondientes. Invoca la causal prevista en el artículo 374 letra e), en relación, al artículo 342 letra c) y 297, todos del Código Procesal Penal, al estimar que la sentencia vulnera el principio lógico de identidad, en virtud del cual una cosa es lo que es y no otra cosa, y toda cosa es idéntica a sí misma y; el principio de no contradicción, debido a que no obstante que el

Fallo

fallo cita numerosas normas legales, sin embargo las contradice, puesto que estaría imponiendo una exigencia que la ley no contempla en nuestro sistema procesal penal. Señala que la sentencia hace referencias parciales a las declaraciones de los testigos, omitiendo parte de las mismas, para luego afirmar que los testigos no dieron cuenta de hechos que sí declararon en el juicio, en circunstancias que las declaraciones vertidas por los testigos no son necesariamente las que citó la sentencia, dadas las omisiones en que ha incurrido el fallo sobre hechos de contexto que declararon los deponentes, y que en su integridad desvirtúan la existencia del delito de tráfico. Luego los recurrentes aluden al contenido de diversos audios del juicio, concluyendo que, de haberse valorado la prueba en forma clara, lógica y completa, y sin contradecir los principios de la lógica y las máximas de la experiencia, su defendido habría sido absuelto. Solicita se declare parciamente nula la sentencia y el juicio oral en que se fundó, ordenando la realización de un nuevo juicio oral, pasando estos antecedentes a una sala no inhabilitada, sin perjuicio de las facultades que la ley otorga a la Iltma. Corte para actuar de oficio, con los fundamentos y efectos previstos en el artículo 379 inciso 2º del Código Procesal Penal, si estimare que procede acoger el recurso deducido a favor del imputado por un motivo distinto de los invocados por este recurrente. SEGUNDO: Que, como es posible advertir, el re

Texto Completo (Preview)

Jfah.- C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticuatro de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, los defensores penales Carlos Oliva Ballón y Cristopher Veas Bermúdez, recurren de nulidad en contra la sentencia de 04 de noviembre del año en curso, recaída en los autos RIT 130-2023 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota, que condenó al acusado Ariel Antonio

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica