ANONIMIZADO
Rol
Fecha
23 de enero de 2025
Materia
ALIMENTOS, REBAJA
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que conforme lo dispone el artículo 4° de la Ley N° 14.908, la resolución que decrete los alimentos provisorios y la que se pronuncie provisionalmente sobre la solicitud de aumento, rebaja o cese de una pensión alimenticia, será susceptible del recurso de reposición con apelación subsidiaria. 2°) Que al efecto y conforme lo establece el artículo 67 N° 1 de la Ley N° 19.968, el recurso de reposición debe interponerse...
Texto Completo (Preview)
vlm C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de enero de dos mil veinticinco. Al folio N° 4: por recibidos los antecedentes desde el Segundo Juzgado de Familia de Santiago y por cumplido lo ordenando con fecha seis de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: 1°) Que conforme lo dispone el artículo 4° de la Ley N° 14.908, la resolución que decrete los alimentos provisorios y la q
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