ANONIMIZADO
Rol
Fecha
23 de diciembre de 2024
Materia
ALIMENTOS, AUMENTO
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO: 1.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley N°19.968, en asuntos relativos a alimentos, como es el caso de este procedimiento, es necesario que las partes acrediten haber concurrido a una instancia de mediación denominada “previa y obligatoria”; aquello como requisito de admisibilidad de la demanda. 2.- Que dicha exigencia, de acuerdo al artículo 54-1 de la ley de ramo, constituye un elemento a revisar en la etapa procesal pertinente, esto es, al momento de analizar el texto de la acción interpuesta y, luego de ello, advertir las falencias formales y ordenar su corrección (en casos de inciso primero), resolver su...
Texto Completo (Preview)
La Serena, veintitrés de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTO: 1.- Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley N°19.968, en asuntos relativos a alimentos, como es el caso de este procedimiento, es necesario que las partes acrediten haber concurrido a una instancia de mediación denominada “previa y obligatoria”; aquello como requisito de admisibilidad de la demanda. 2.- Que dich
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