PAULA DE LOS ANGELES MONSALVES MANSO C/ NAYIBER ANDREA URBINA RAMIREZ
Rol
Fecha
23 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto y escuchados los intervinientes: 1°) Que, si bien es efectivo que el artículo 233 del Código Procesal Penal establece como uno de los efectos de la formalización la suspensión de la prescripción de la acción penal, ello no obsta a que otros actos procesales puedan producir el mismo efecto cuando se dirigen contra persona determinada. En efecto, el artículo 96 del Código Penal dispone que la prescripción se suspende desde que el procedimiento se dirige contra del imputado, perdiéndose el tiempo transcurrido si éste se paraliza por tres años o se termina sin condenarle, en cuyo caso continuara la prescripción como si no se hubiere interrumpido. 2°) Que, de esta forma, la querella presentada por el Consejo de Defensa del Estado el 29 de noviembre de 2021, tuvo el efecto de suspender el plazo de prescripción respecto de los cuatro imputados individualizados en ella, pues constituye el primer acto del procedimiento seguido en su contra y, por tanto, el plazo de prescripción debe contabilizarse desde ese momento. 3°) Que, además, consta en la carpeta investigativa que el 18 de febrero de 2022 el Ministerio Público solicitó y obtuvo autorización judicial para el alzamiento del secreto bancario respecto de las cuentas involucradas en la investigación, evidenciando una persecución penal activa que impide sostener una paralización del procedimiento en los términos del artículo 96 del Código Penal. Por estas razones y atendido lo dispuesto en los artículos 351 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma, en lo apelado, la resolución de tres de diciembre del año en curso, dictada por el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago en la causa RIT Nro. 763-2.021, que rechazó la solicitud de decretar el sobreseimiento definitivo respecto a los imputados Viky Ximena Salamanca Carrillo, Alejandro Marcelo Ramos Ramos, Ana Consuelo SalamancaCarrillo y Álvaro Vladimir Carrera Rojas. Comuníquese lo resuelto. Rol Corte Nro. 6973-2024 (Penal) Resolución incluida en el Estado Diario
Fallo
por tanto, el plazo de prescripción debe contabilizarse desde ese momento. 3°) Que, además, consta en la carpeta investigativa que el 18 de febrero de 2022 el Ministerio Público solicitó y obtuvo autorización judicial para el alzamiento del secreto bancario respecto de las cuentas involucradas en la investigación, evidenciando una persecución penal activa que impide sostener una paralización del procedimiento en los términos del artículo 96 del Código Penal. Por estas razones y atendido lo dispuesto en los artículos 351 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma, en lo apelado, la resolución de tres de diciembre del año en curso, dictada por el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago en la causa RIT Nro. 763-2.021, que rechazó la solicitud de decretar el sobreseimiento definitivo respecto a los imputados Viky Ximena Salamanca Carrillo, Alejandro Marcelo Ramos Ramos, Ana Consuelo SalamancaCarrillo y Álvaro Vladimir Carrera Rojas. Comuníquese lo resuelto. Rol Corte Nro. 6973-2024 (Penal) Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
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CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, veintitrés de diciembre de dos mil veinticuatro. Sala: Undécima Rol Corte: Penal-6973-2024 Ruc: 1900033214-6 Rit : O-763-2021 Juzgado: 2º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: el ministro señor Miguel Eduardo Vázquez Plaza, la ministra (S) señora Lidia Poza Matus y el Abogado Integrante señor Luis Hernandez Olmedo Relator: Paul Boulou Ormazabal Digit
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