SIN INFORMACION

HERRERA ACOSTA RODRIGO ANDRES/DIRECCION REGIONAL METROPOLITANA DE GENDARMERÍA DE CHILE

Rol

Fecha

23 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece la abogada doña María Graciela Herrera Acosta en favor de don Rodrigo Andrés Herrera Acosta, actualmente privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva de Puente Alto, quien interpone acción constitucional de amparo en contra de Gendarmería de Chile, por no reconocer y aplicar la reducción de condena que favorece al amparado. Expone que su representado actualmente cumple condena por el delito de tráfico de pequeñas cantidades de droga, tenencia ilegal de municiones y tenencia ilegal de armas, con fecha de cumplimiento el 7 de febrero de 2025. Afirma que el amparado contaba con meses por año como beneficio intrapenitenciario, de conformidad a la ley 19.856, a pesar de habérsele impuesto una sanción de suspensión de visitas por 15 días. Explica que, por un lado, no se ve reflejado en los autos RIT 5740-2015 del 6° Juzgado de Garantía el hecho de haberse comunicado la aplicación de dicha sanción y, por otro lado, incluso en el evento de haberse comunicado, nada se indica en ella sobre los meses por año con los que contaba a su favor, sea en el sentido de haberlos dejado sin efecto o reducido. Asevera que la situación descrita implica una vulneración a la ley 19.856, por no reconocérsele los meses de reducción de condena al amparado, o bien, por no justificar su proceder en atención a alguna sanción impuesta y debidamente notificada, para otorgarle a su representado la posibilidad de replicar. Hace presente que el amparado actualmente podría estar en libertad con su pena cumplida, de ser aplicables los meses de reducción de condena. Previa referencia a la normativa que entiende aplicable, solicita ordenar a la recurrida a reconocer y aplicar la reducción de condena que favorece al amparado. SEGUNDO: Que, por Gendarmería de Chile, evacuó informe la abogada doña Alejandra Jeannette Tabilo Hormazábal, quien expone que, según los resultados de las Actas de calificación de la Comisión de Beneficio de Reducci

Fallo

Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso deducido en favor de don Rodrigo Andrés Herrera Acosta, en contra de Gendarmería de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-3617-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece la abogada doña María Graciela Herrera Acosta en favor de don Rodrigo Andrés Herrera Acosta, actualmente privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva de Puente Alto, quien interpone acción constitucional de amparo en contra de Gendarmería de Chile, por no reco

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