SIN INFORMACION

JOHNY RODOLFO HUINCAHUAL LEMUS/JUZGADO DE GARANTIA DE SAN BERNARDO

Rol

Fecha

23 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Bernardo Jorrquera Rojas, abogado, en representación de Johny Rodolfo Huincahual Lemus, cédula nacional de identidad Nº11.639.961-K, e interpone acción constitucional de amparo en contra del Juzgado de Garantía de San Bernardo, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en haber certificado el cumplimiento de la pena de suspensión de la licencia de conducir en la causa Rit Nº5469-2015 el 12 de enero de 2024, circunstancia que atentaría contra la libertad personal del amparado. Relata que su representado se encuentra actualmente sometido a la medida cautelar de prisión preventiva en virtud de resolución dictada en la causa Rit Nº2022-2023, seguida ante el Décimo Quinto Juzgado de Garantía de Santiago. Refiere que en dicha causa la prognosis de pena lleva necesariamente a concluir que el amparado podrá acceder a una pena sustitutiva de las contempladas en la Ley 18.216. Indica que el 14 de diciembre de 2015, en autos Rit Nº5469-2015, seguidos ante el Juzgado de Garantía de San Bernardo, el amparado fue condenado a la pena de 61 días de presidio, multa de 1/3 de UTM, suspensión de la licencia de conducir por el término de dos años y accesorias legales. Agrega que ante una solicitud de la defensa, se certificó por el Juzgado de Garantía de San Bernardo que mientras la pena corporal se tuvo por cumplida el 29 de marzo de 2017, la pena de suspensión de licencia se tuvo por cumplida 12 de enero de 2024, esto es, a más de cinco años de haberse cumplido la pena corporal. Refiere que la defensa del amparado ha intentado infructuosamente que el juzgado recurrido certifique correctamente la época de cumplimiento de la suspensión de la licencia que, de acuerdo con el cumplimiento de la pena corporal, no puede exceder al mes de diciembre de 2017 dada la época de dictación de la sentencia y ejecutoria de la misma en los autos Rit Nº5469-2015 ya referidos. Afirma que de dicha certificación dependerá si el amparado p

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Certifico que se anunció y alegó en la Segunda Sala, por el recurso de amparo el abogado Bernardo Galvarino Jorquera Rojas. San Miguel, 23 de diciembre de 2024. Natalia Arancibia Sepúlveda, relatora. San Miguel, veintitrés de diciembre de dos mil veinticuatro Al folio 6: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Bernardo Jorrquera Rojas, abogado, en representación de J

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