AYALA BRITO LUIS ALBERTO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
23 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparece don Frank Harold Lener Reyes, abogado, quien interpone recurso de amparo en favor del condenado privado de libertad Luis Alberto Ayala Brito, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el rechazo de su postulación al beneficio de la libertad condicional. Refiere que el amparado se encuentra recluido en el CCP de Santiago Sur cumpliendo una condena de 16 años de presidio mayor en su grado máximo, más accesorias legales, dictada por el 6° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago en causa RIT 478-2007, el 26 de enero de 2008 por el delito de infracción a la ley 20.000, restándole 2 años por cumplir. Sostiene que ha cumplido con todos los requisitos reglamentarios para obtener la libertad condicional pero que la recurrida de manera ilegal emitió su pronunciamiento sin ponderar debidamente sus antecedentes. Finalmente solicita se acoja la acción de amparo, se le conceda el beneficio solicitado y se decrete su libertad. Segundo: Que, por la Comisión de Libertad Condicional, evacuó informe su Presidenta, la ministra señora Sandra Araya Naranjo, indicando que mediante resolución de octubre del año 2024, por unanimidad de sus miembros, se rechazó la concesión del beneficio. Explica que mediante el análisis de los antecedentes del interno, contenidos en la postulación remitida por Gendarmería de Chile, la Comisión estimó que, no le permitía hacer uso de la facultad establecida en el artículo 5 del Decreto Ley N°321. A su vez, acompaña copia de la referida resolución, en la que se consigna que si bien el postulante ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para acceder al beneficio, manteniendo una conducta intachable durante los seis últimos bimestres de su condena, cumpliéndose los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley N.º 321, lo cierto es que la documentación aparejada a su formulario de postulación da cuenta de la existencia de factores de riesgo de reinci
Fundamentos
fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por rechazar la libertad condicional del amparado tienen relación con un nivel alto de riesgo de reincidencia, lo que se desprende de factores de riesgos en diversas áreas. Séptimo: Que, del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, se puede concluir que la Comisión recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley 321, modificado por la Ley N° 21.124, denegó la concesión de libertad condicional solicitada por el amparado, contando dicha decisión con la debida fundamentación, sin que en ella se haya incurrido en un acto que pueda estimarse como arbitrario e ilegal. Conforme a lo expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importa formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó; sin que pueda estimarse ilegal lo actuado por ella en tales condiciones. Octavo: Que, de lo razonado se concluye que no puede atribuirse ilegalidad ni arbitrariedad alguna a la resolución aludida ni menos que esta vulnere la garantía de la libertad personal del amparado.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso interpuesto en favor de Luis Alberto Ayala Brito, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-3816-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparece don Frank Harold Lener Reyes, abogado, quien interpone recurso de amparo en favor del condenado privado de libertad Luis Alberto Ayala Brito, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el rechazo de su postulación al beneficio de la libertad condicional. Refi
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