SIN INFORMACION

DORT ROSITA/SERVICIO NACIONAL DEMIGRACIONES

Rol

Fecha

23 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: Que, a folio uno se deduce recurso de amparo en favor de Rosita Dort, ciudadana haitiana, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, con motivo de la resolución Exenta N°24559683 de 6 de diciembre de 2024, en virtud de la cual se rechaza su solicitud de permiso de residencia definitiva, y se dispone su abandono del país en el plazo de diez días. Explica que, en la referida resolución, el servicio rechaza el permiso de residencia solicitado, arguyendo que al haber postulado encontrándose vencido su anterior permiso de residencia era menester que acompaña copia de la resolución que acreditara que se sancionó por dicha infracción, además del comprobante de pago de sanción pagada; alega que el servicio rechazó su petición pese a cumplir todos los requisitos, especialmente aquel relativo a la inexistencia de antecedentes penales pretéritos. Que, a folio seis evacúa informe el Servicio Nacional de Migraciones. Indica que con fecha 23 de febrero de 2021 la amparada solicitó ante este Servicio el beneficio de la residencia definitiva; que, mediante comunicación electrónica N°41615144 de fecha 03 de julio de 2023-se acompaña- se informó a la persona extranjera recurrente que, su solicitud se encontraba incompleta y que debía acompañar “copia de la resolución que acredite que regularizó su situación migratoria en el país, mediante la sanción migratoria respectiva”, es decir la sanción de multa debidamente pagada. Sostiene que en dicha comunicación se le informa a la amparada que de no cumplir con la exigencia dentro del plazo de sesenta días su solicitud podría ser rechazada. Luego, refiere que mediante comunicación electrónica N°65634294 (acompañada por la recurrente), de fecha 3 de octubre de 2024 se le informó a la amparada la causal de rechazo, por lo que contaba con un plazo de 10 días hábiles para presentar la debida documentación, consistente en acreditar el pago de la multa; que como ello no aconteció, finalmente se dictó la resolución que por esta ví

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, el recurso de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite. Segundo: Que, la amparada alega que se le negó el otorgamiento del mentado permiso de residencia, no obstante cumplir todos los requisitos, especialmente aquel relativo a la inexistencia de antecedentes penales. Tercero: Que, por su parte, el servicio afirma no haber incurrido en ilegalidad alguna, toda vez que el motivo del rechazo se fundó en la causal del artículo 88 N°1con relación al Art. 32 N°8 de la Ley N°21.325, es decir, por no cumplir con los requisitos que la habilitan para residir en el país, al no haber realizado el pago de la multa impuesta en su contra por residencia irregular dentro del plazo otorgado para dichos efectos, pese a habérsele comunicado a la amparada que de no cumplir con lo ordenado, su petición podía ser rechazada. Cuarto: Que, dentro de los antecedentes allegados por la amparada, es posible concluir que esta mantiene arraigo en nuestro país, toda vez que contrajo matrimonio con un ciudadano haitiano que registra residencia definitiva en Chile, y que posee arraigo familiar, de manera que de ejecutarse especialmente la orden de abandono decretada por el Servicio Nacional de Migraciones, se conculca gravemente la reunificación familiar, por lo que se procederá a acoger el presente arbitrio del modo que a continuación se indicará.

Fallo

Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se acoge el recurso de amparo deducido en favor de Rosita Dort, ciudadana haitiana, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, con motivo de la resolución Exenta N°24559683 de 6 de diciembre de 2024, en virtud de la cual se rechaza su solicitud de permiso de residencia definitiva, y se dispone su abandono del país en el plazo de diez días, y en consecuencia, se deja sin efecto esta última, debiendo el servicio recurrido proceder a la reapertura del procedimiento, concediendo un plazo de treinta días hábiles para efectos de acompañar el comprobante de pago respectivo y cumplido con el plazo anterior, proceda a resolver conforme a derecho, con el mérito de los antecedentes que obren en su poder. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-3172-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintitrés de diciembre de dos mil veinticuatro. Visto: Que, a folio uno se deduce recurso de amparo en favor de Rosita Dort, ciudadana haitiana, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, con motivo de la resolución Exenta N°24559683 de 6 de diciembre de 2024, en virtud de la cual se rechaza su solicitud de permiso de residencia definitiva, y se dispone su a

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