ASOCIACIÓN CHILENA DE SEGURIDAD/INSTITUTO DE EDUCACION RURAL
Rol
Fecha
3 de febrero de 2025
Materia
EJECUTIVO PREVISIONAL
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que de conformidad a lo previsto en el artículo 8º de la Ley N° 17.322, el recurso de apelación en materia de cobranza laboral, sólo será procedente en contra de la sentencia definitiva de primera instancia, de la resolución que declare negligencia en el cobro señalado en el artículo 4º bis y de la resolución que se pronuncie sobre la medida cautelar del artículo 25 bis, naturaleza que no es atribuible a la resolución apelada. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 8º de la Ley 17.322, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la demandante el cuatro de diciembre de dos mil veinticuatro (folio N° 73), en contra de la resolución de dos del mismo mes y año (folio N° 72-cuaderno de apremio). Comuníquese, vía interconexión. N°Laboral - Cobranza-4303-2024.mst
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 8º de la Ley 17.322, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la demandante el cuatro de diciembre de dos mil veinticuatro (folio N° 73), en contra de la resolución de dos del mismo mes y año (folio N° 72-cuaderno de apremio). Comuníquese, vía interconexión. N°Laboral - Cobranza-4303-2024.mst
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, tres de febrero de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Que de conformidad a lo previsto en el artículo 8º de la Ley N° 17.322, el recurso de apelación en materia de cobranza laboral, sólo será procedente en contra de la sentencia definitiva de primera instancia, de la resolución que declare negligencia en el cobro señalado en el artículo 4º bis y de la resol
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