AMPARADO: ANDRÉS EDUARDO MUÑOZ MUÑOZ/RECURRIDO: GENDARMERÍA DE CHILE Y OTRO
Rol
Fecha
22 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO: En estos antecedentes, Ricardo Agüero Valdés, interpone la acción constitucional de amparo en favor de Andrés Eduardo Muñoz Muñoz en contra de Gendarmería de Chile, por los
Fundamentos
fundamentos que expresa a continuación. Refiere que el amparado Muñoz Muñoz cumple una condena privativa de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Villarrica, tras haber sido trasladado desde el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Concepción el día domingo 9 de diciembre del presente año, traslado que fue ejecutado en horario nocturno y bajo la orden de que, en un plazo de cinco minutos, este recogiera sus pertenencias en una bolsa. Como consecuencia de esta medida, afirma que el interno no pudo llevar consigo la totalidad de sus bienes, incluyendo su ropa y una televisión que había sido debidamente autorizada para su uso en el recinto penitenciario. Considera que dicho traslado resulta absolutamente injustificado, ya que el amparado se encuentra a solo cuatro meses de cumplir su condena, mantiene buena conducta durante su estadía en el centro penitenciario y su única red de apoyo familiar es su madre, una persona de tercera edad que reside en la comuna de Coronel. El alejamiento de aquél respecto de su familia, trasladándolo a una región distante, como es el caso de Villarrica, vulnera profundamente sus derechos, ya que dificulta gravemente la posibilidad de recibir visitas regulares de su único lazo familiar directo y la cercanía a su familia es un factor fundamental para su bienestar emocional y su reinserción social, objetivos esenciales del cumplimiento de penas privativas de libertad. Además, la imposibilidad de llevar consigo sus pertenencias personales, salvo la ropa que llevaba puesta, agrava la situación, dejándolo en una condición de vulnerabilidad innecesaria y carente de justificación alguna por parte de la autoridad penitenciaria. Asevera que la medida adoptada por Gendarmería de Chile carece de fundamentación legal, viola el principio de proporcionalidad y afecta gravemente derechos consagrados en nuestra Constitución, por lo que pide tener por interpuesto este recurso de amparo en favor de Andrés Eduardo Muñoz Muñoz y se declare que el traslado arbitrario realizado por Gendarmería de Chile vulnera derechos fundamentales de su representado y que se ordene a Gendarmería de Chile el inmediato retorno de éste al Centro de Cumplimiento Penitenciario de Concepción, donde se encontraba antes de ser trasladado. Finalmente pide que se adopten todas las medidas necesarias para asegurar que Gendarmería de Chile respete los derechos fundamentales de los internos, evitando nuevas vulneraciones. Informó la Directora Regional de Gendarmería de Chile Región del Biobío, Angélica Briones Castillo, precisando que mediante Oficio Ordinario N° 18.994, de fecha 05 de diciembre de 2024, Ia Jefa Subrogante del Complejo Penitenciario Biobío solicitó a esta administración regional, el traslado de 23 internos condenados desde ese establecimiento hacia otras unidades penales, para los efectos de descongestionar la unidad penal de la ciudad Concepción. Entre ellos el amparo de autos, y la solicitud fundada de este interno consta en el
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo prevenido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo de esta clase de recursos, se ACOGE, sin costas, el recurso de amparo deducido, debiendo Gendarmería de Chile, disponer el inmediato traslado del amparado al Centro de Cumplimiento Penitenciario de Concepción. Acordada con el voto en contra del ministro Camilo Álvarez Órdenes, quien fue de opinión de rechazar la acción, fundado en que Gendarmería de Chile, conforme a sus facultades establecidas en el D.L. 2859, puede disponer el traslado del amparado, decisión que se ha adoptado para descongestionar la unidad penal y porque aquél presenta conducta mala durante el último bimestre, según ha informado la recurrida. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. Redacción de la ministra Matilde Esquerré Pavón y el voto en contra, su autor. No firma el ministro titular Camilo Álvarez Órdenes ni la ministra interina Claudia Vilches Toro, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, por encontrarse ausente y sin posibilidad de estampar su firma electrónica avanzada. Rol N°642-2024 Amparo.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción Concepción, veintidós de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTO: En estos antecedentes, Ricardo Agüero Valdés, interpone la acción constitucional de amparo en favor de Andrés Eduardo Muñoz Muñoz en contra de Gendarmería de Chile, por los fundamentos que expresa a continuación. Refiere que el amparado Muñoz Muñoz cumple una condena privativa de libertad en el Centro
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