CESAR OLIVARES ELIQUITAY CONTRA CORTE DE APELACIONES DE RANCAGUA
Rol
Fecha
21 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: 1°. Que la acción constitucional de amparo regulada en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, es de competencia de la Corte de Apelaciones respectiva. 2°. Que, en la presente causa, se deduce recurso de amparo por el abogado Camilo Umaña Salinas, en contra de la resolución de 20 de noviembre de 2024, dictada por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Rancagua, en causa Rol Penal-1891-2024. 3°. Que, declarar admisible el recurso y conocer sobre el fondo, implicaría darle competencia como tribunal superior a una Corte de Apelaciones respecto de otra, lo que afecta las normas sobre competencia que regulan la materia y que se encuentran contenidas en el Código Orgánico de Tribunales, entre ellas la del grado y jerarquía y puede constituir, incluso, una vulneración de lo dispuesto por el artículo 7º de la Constitución Política de la República. Por lo antes expuesto
Fallo
se declara INADMISIBLE el recurso de amparo interpuesto por el abogado Camilo Umaña Salinas en representación de Cesar Alejandro Olivares Eliquitay, en contra de lo resuelto el 20 de noviembre del actual por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Rancagua. Se previene que el ministro Gerardo Bernales Rojas, concurre a la decisión teniendo además presente que el amparo deducido, no denuncia ninguna ilegalidad, lo que hace improcedente el mismo. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-686-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, veintiuno de diciembre de dos mil veinticuatro. Resolviendo a folio 1: Visto y considerando: 1°. Que la acción constitucional de amparo regulada en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, es de competencia de la Corte de Apelaciones respectiva. 2°. Que, en la presente causa, se deduce recurso de amparo por el abogado Camilo Umaña Salinas, en contra de la
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