MP/DPP C/ RICARDO HUMBERTO ROSAS ESCOBAR
Rol
Fecha
20 de diciembre de 2024
Materia
ABIGEATO. ART. 448 BIS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Se reproduce la resolución en alzada y se tiene, además, presente: PRIMERO: Que, en relación al presupuesto del articulo 140 letra a) del Código Procesal Penal, en particular, respecto del delito de abigeato, la defensa del imputado ha discutido el elemento de la ajenidad requerido para su configuración; sobre el punto, de acuerdo a los antecedentes expresados por el ente persecutor, se observa que el encartado fue sorprendido en flagrancia cuando había procedido al faenamiento de 10 animales ovinos, los que mantenía ocultos en su dormitorio; siendo otros encontrados apostados en un sector aledaño al lugar que servía de habitación al investigado y no en libre pastoreo. Dichos antecedentes permiten concluir que el imputado ha generado una nueva esfera de resguardo para las especies que no eran de su propiedad, cuya finalidad era su ocultación, lo que da cuenta de un actuar encubierto, clandestino, que corrobora la ajenidad de las especies que la defensa echa en falta. Además, los mismos antecedentes investigativos, permiten estimar que se ha cometido un acto de disposición sobre estas especies ajenas, en su máxima expresión, el faenamiento de los animales, lo que incluso da cuenta del agotamiento del delito. Conforme a lo expresado, no resta sino concluir que concurre el presupuesto material de ambos delitos, por los cuales el imputado ha sido formalizado. SEGUNDO: Que, no se ha discutido la participación del imputado en los hechos por los cuales se le investiga, sin embargo, basta decir que fue sorprendido en flagrancia en su comisión, en el inmueble que habitaba, en específico, con el objeto del delito oculto en el espacio que le servía de dormitorio. TERCERO: Que, en lo que atañe a la necesidad de cautela, se tiene presente que concurren los parámetros que al efecto prescribe la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en atención al número de delitos por los cuales se le investiga, el carácter de los mismos, la gravedad de la pena asociada
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de trece de diciembre del presente año, dictada por el Juzgado de Competencia Común de Porvenir, por la que dispuso la medida de prisión preventiva respecto del imputado Ricardo Humberto Rosas Escobar. Comuníquese lo resuelto al Juzgado a quo. Rol Corte Nº 399-2024. Penal.
Texto Completo (Preview)
Punta Arenas, veinte de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Se reproduce la resolución en alzada y se tiene, además, presente: PRIMERO: Que, en relación al presupuesto del articulo 140 letra a) del Código Procesal Penal, en particular, respecto del delito de abigeato, la defensa del imputado ha discutido el elemento de la ajenidad requerido para su configuración; sobre el punto, de acuerdo
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