LEAL/CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR DE LOS ANDES
Rol
Fecha
20 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 15 de diciembre de 2024, comparece Jorge Manuel Lena Salgado, abogado, interponiendo recurso de protección en favor de Felipe Alberto Leal Molina, en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, por descontar de su remuneración correspondiente a los meses de junio y julio de 2024, la suma de $279.202 mensuales bajo los conceptos "Descuentos CCAF" y "Préstamos CCAF", acto que considera ilegal y arbitrario, vulnerando con ello sus derechos fundamentales de igualdad ante la ley y derecho de propiedad, que la Constitución Política de la República garantiza a todas las personas en su artículo 19 N°3 y 24, por lo que solicita el cese inmediato de los descuentos y la restitución de lo indebidamente descontado. Fundando su recurso expone el protegido en el año 2017 solicitó un crédito de consumo a la recurrida, pactado en 60 cuotas mensuales, constituyéndose en mora a partir del día 17 de julio de 2019. Con fecha 23 de abril de 2021, la Caja de Compensación interpuso demanda ejecutiva en su contra, causa Rol C-3844-2021 seguida ante el 21° Juzgado Civil de Santiago, proceso en el cual se declaró el abandono del procedimiento mediante sentencia de fecha 9 de febrero de 2023, la que se encuentra ejecutoriada desde el 6 de septiembre de 2023. Señala que, no obstante lo anterior, en las liquidaciones de sueldo correspondientes a los meses de junio y julio de 2024, la recurrida procedió a efectuar descuentos por la suma total de $279.202 mensuales, bajo los conceptos "Descuentos CCAF" y "Préstamos CCAF", respecto de obligaciones contraídas el año 2017, sin aviso o notificación previa. Argumenta que reiterada jurisprudencia ha concluido que el beneficio del artículo 22 de la Ley 18.833 es aplicable sólo a deudas exigibles y para un cobro oportuno, no pudiendo las Cajas de Compensación revivir y forzar de manera unilateral este beneficio respecto de deudas antiguas sobre las cuales han mostrado desinterés
Fundamentos
fundamentos de derecho esgrimidos por el recurrente, ha dispuesto el cese definitivo de los descuentos del crédito y la restitución de las sumas recibidas a partir de la reanudación de los cobros. Hace presente que las planillas de descuentos son generadas los días 25 del mes anterior a aquel en que se hacen efectivos, y que dispondrá la devolución de toda suma que sea recibida en el intertanto.
Fallo
Por estas razones, solicita que se ordene a la recurrida abstenerse de realizar por sí y/u ordenar que se realicen por terceros descuentos de las remuneraciones del recurrente, y se ordene restituir los descuentos cobrados de manera improcedente desde junio de 2024 en adelante, con costas. Segundo: Que con fecha 4 de septiembre del presente, al evacuar el informe solicitado, la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes solicita el rechazo del recurso por falta de oportunidad, fundado en los siguientes antecedentes: Confirmando los hechos expuestos por el recurrente, señala que con fecha 22 de mayo de 2017 otorgó al recurrente el crédito código 370312143-7 por la suma de $4.029.913, a una tasa de 2,14%, en un plazo de 60 meses, con una cuota de $140.307, cuyo primer vencimiento fue el 31 de julio de 2017. Agrega que las cuotas de julio de 2017 a agosto de 2018 se pagaron durante el periodo comprendido entre el 8 de agosto de 2017 y el 4 de noviembre de 2019, y que el saldo de capital al 31 de agosto de 2018, más los intereses devengados al 17 de julio de 2019, fueron reprogramados en esta última fecha por la suma de $4.725.304, a una tasa de 1,99%, en un plazo de 60 meses, con una cuota de $159.544, cuyo primer vencimiento fue el 31 de agosto de 2019. Afirma que los descuentos para el pago de cuotas de crédito social son informados al empleador del deudor conforme al mecanismo dispuesto en el artículo 22 de la ley N° 18.833, que establece que lo adeudado por pres
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinte de diciembre de dos mil veinticuatro. A los escritos folios 18 y 19: a todo, téngase presente. Al escrito folio 20, a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 15 de diciembre de 2024, comparece Jorge Manuel Lena Salgado, abogado, interponiendo recurso de protección en favor de Felipe Alberto Leal Molina, en contra de la Caja de Compe
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica