MP C/ CARLOS IGNACIO JEREMIAS NORAMBUENA SANCHEZ
Rol
Fecha
20 de diciembre de 2024
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Estimando esta Corte que el caso debe ser juzgado respecto a los criterios de responsabilidad adolescente, se REVOCA la resolución apelada de trece de diciembre de dos mil veinticuatro y en su lugar se sustituye la internación provisoria por las medidas cautelares de arresto domiciliario en su modalidad parcial entre las 19:00 hrs y las 7:00 hrs. y vigilancia a programa respectivo del servicio. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol N° Penal- 1746-2024 El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, veinte de diciembre de dos mil veinticuatro. Srta. Nadhia Álvarez, Relatora Suplente. En Valdivia, veinte de diciembre de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente.
Fundamentos
fundamentos de derecho que expone en la audiencia, se revoque la resolución apelada y, en su lugar, se sustituya la internación provisoria por otras medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal. A continuación alega el Ministerio Público y solicita se confirme la resolución apelada, en virtud de fundamentos de hecho y derecho que expone en audiencia. Los abogados hacen uso de su derecho a réplica, insistiendo en sus planteamientos. La Sra. Presidenta de la Sala da por terminada la intervención, comunica y da lectura a la siguiente resolución: VISTOS: Estimando esta Corte que el caso debe ser juzgado respecto a los criterios de responsabilidad adolescente, se REVOCA la resolución apelada de trece de diciembre de dos mil veinticuatro y en su lugar se sustituye la internación provisoria por las medidas cautelares de arresto domiciliario en su modalidad parcial entre las 19:00 hrs y las 7:00 hrs. y vigilancia a programa respectivo del servicio. Comuníquese. Se deja constancia que los intervinientes quedan notificados de la presente resolución, conforme lo dispuesto en el artículo 30 del Código Procesal Penal. Sin perjuicio, se dejará constancia de la presente resolución en el estado diario. El presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionada por el funcionario Digitador de Sala en el que resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Rol N° Penal- 1746-2024 El Ministro de fe que suscribe, deja constancia que el acta que antecede es fiel a lo obrado en la audiencia que da cuenta. Valdivia, veinte de diciembre de dos mil veinticuatro. Srta. Nadhia Álvarez, Relatora Suplente. En Valdivia, veinte de diciembre de dos mil veinticuatro, notifiqué por el estado diario la resolución precedente.
Texto Completo (Preview)
A C T A AUDIENCIA REALIZADA EL DÍA VEINTE DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO, PARA LA VISTA - POR LA SEGUNDA SALA DE LA I. CORTE DE APELACIONES DE VALDIVIA- DEL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO POR LA DEFENSA EN CAUSA RUC N° 2401540912-2, RIT N° 8804 - 2024, ROL CORTE N° PENAL- 1746-2024 Siendo las 9.38 horas del día señalado, se lleva a efecto la audiencia con la asistencia de la Ministra señor
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