VERA/DIRECCION NACIONAL GENDARMERIA
Rol
Fecha
20 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Ignacio Arteaga Casanova, abogado en representación de Dylan Alexis Vera Acevedo y Franco Guillermo Rodríguez Acevedo actualmente recluidos en el módulo 18 con medida cautelar de prisión preventiva en la unidad penal Santiago 1 por orden el 13° Juzgado de Garantía de Santiago, en causa rit 3309-2023 por delito de homicidio calificado consumado y delito de homicidio simple frustrado, e interpone recurso de protección en contra Gendarmería de Chile, fin de que se decreten medidas de seguridad y se ordene el traslado de los imputados dentro de la unidad penal Santiago 1 a los módulos de máxima seguridad que serían el 1 el 2 o el 12, por vulneración de garantía constitucional del artículo 19 N°1 de la Constitución Política de Chile. Refiere que los amparados se encuentran en un módulo con extranjeros y chilenos que forman parte del grupo rival de aquéllos, habiendo sido maltratados, vejados y atacados sexual y físicamente, a fin de matarlos por familiares de las víctimas que se les acusa de haber matado, estando en riesgo su integridad física y síquica. Cita el artículo 150 del Reglamento de Gendarmería y artículo 150 del Código Procesal Penal, y solicita que se ordene a Gendarmería trasladar a los imputados Franco Guillermo Rodríguez y Dylan Alexis Vera Acevedo, como medida de seguridad a los módulos 1, 2, 12. SEGUNDO: Que comparece don Marcelo Carrasco Sepúlveda, abogado, de la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile emitiendo informe. Alega, en primer lugar, la inadmisibilidad de la presente acción, al no existir acto arbitrario e ilegal que haya amagado de manera palmaria la citada garantía, y sin que sea un medio idóneo para discutir las condiciones de ejecución de una sentencia judicial ejecutoriada, que dispone el ingreso para el cumplimiento de una pena privativa de libertad en una unidad en particular. Refiere que una sentencia judicial dictada por un tribunal competente y que tiene ef
Fallo
Por estas consideraciones y conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación del Recurso de Protección de la Excma. Corte Suprema, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por Dylan Alexis Vera Acevedo y Franco Guillermo Rodríguez Acevedo en contra de Gendarmería de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese si no se apelare. N°Protección-18370-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinte de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Ignacio Arteaga Casanova, abogado en representación de Dylan Alexis Vera Acevedo y Franco Guillermo Rodríguez Acevedo actualmente recluidos en el módulo 18 con medida cautelar de prisión preventiva en la unidad penal Santiago 1 por orden el 13° Juzgado de Garantía de Sant
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