MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA/COMERCIAL DE MANTEL LARGO SPA (LTE)
Rol
Fecha
20 de diciembre de 2024
Materia
OTROS EJECUTIVOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y teniendo únicamente presente: 1° Que en cuanto la acción de cobro se refiere a la patente comercial con vencimiento al 31 de enero de 2022, de los antecedentes aportados no es posible colegir que se encuentre dentro de la hipótesis descrita en el artículo 442 del Código de Procedimiento Civil, que pudiese justificar hacer uso de la facultad a que se refiere dicha norma. 2° Que, en consecuencia, yerra el tribunal de primera instancia al no admitir a tramitación la demanda en lo referente a la mencionada obligación, razón por la cual, en dicha parte tal determinación debe ser enmendada. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 441 y 442 del Código de Procedimiento Civil y 2521 del Código Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución de doce de noviembre de dos mil veinticuatro, dictada por el 15° Juzgado Civil de esta ciudad en autos Rol Nro. 19619-2024, en cuanto denegó la ejecución respecto a la patente comercial exigible al 31 de enero de 2022 y, en su lugar, se declara que juez a quo no inhabilitado deberá darle curso progresivo a los autos también respecto de esta obligación, despachando un nuevo mandamiento de ejecución y embargo. Devuélvase. Rol Corte Nro. 19109-2024 (Civil)
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 441 y 442 del Código de Procedimiento Civil y 2521 del Código Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución de doce de noviembre de dos mil veinticuatro, dictada por el 15° Juzgado Civil de esta ciudad en autos Rol Nro. 19619-2024, en cuanto denegó la ejecución respecto a la patente comercial exigible al 31 de enero de 2022 y, en su lugar, se declara que juez a quo no inhabilitado deberá darle curso progresivo a los autos también respecto de esta obligación, despachando un nuevo mandamiento de ejecución y embargo. Devuélvase. Rol Corte Nro. 19109-2024 (Civil)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinte de diciembre de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo únicamente presente: 1° Que en cuanto la acción de cobro se refiere a la patente comercial con vencimiento al 31 de enero de 2022, de los antecedentes aportados no es posible colegir que se encuentre dentro de la hipótesis descrita en el artículo 442 del Código de Procedimiento Civil, que pudiese justificar h
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