MP C/ GUILLERMO ANDRES SAPUNAR LIBERONA
Rol
Fecha
20 de diciembre de 2024
Materia
AMENAZAS CONDIC.C/PERSONAS Y PROPIEDADES ART.296 1Y2,ART.297
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: 1°) Que, atendido el mérito del registro de audio, lo expuesto por los intervinientes, aparecen insuficientes los nuevos elementos esgrimidos por la defensa del imputado para sustentar su solicitud de morigerar su situación cautelar, desde que, como quedó establecido en la audiencia, la declaración judicial prestada solo reitera su versión de los hechos y las videograbaciones no descartan que se hubiere aproximado a la víctima. 2°) Que, en efecto, la teoría alternativa sostenida por la defensa, esgrimiendo una presunta causal de justificación que legitimaría el actuar del imputado y la supuesta ignorancia acerca de la presencia en el lugar de los hechos de la víctima, no ha sido corroborada por otro antecedente. 3°) Que, de esta forma, el presupuesto material establecido en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal no ha sido desvirtuado y, asimismo, permanece vigente el riesgo para la seguridad de la víctima, en los mismos términos constatados anteriormente, en audiencia verificada ante el tribunal a quo con fecha veinticinco de noviembre de dos mil veinticuatro, que llevaron a concluir que la prisión preventiva del imputado es indispensable por la causal indicada, parecer confirmado luego por esta Corte, el dos de diciembre próximo pasado. 4°) Que, las mismas reflexiones recién vertidas resultan suficientes para desestimar la eventual procedencia de la prisión preventiva por el eventual peligro de fuga. Y visto además lo dispuesto en los artículos 122, 144, 358 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA, la resolución apelada, dictada por la jueza del Juzgado de Letras y Garantía de Chañaral, doña Marjorie Montero Ardiles, en audiencia de diecinueve de diciembre de dos mil veinticuatro, que no hizo lugar a la petición de la defensa del imputado Guillermo Andrés Sapunar Liberona, de dejar sin efecto la cautelar de prisión preventiva que le afecta, por la causal de peligro para la seguridad de la víctima. Regístrese y devuélv
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Fecha: veinte de diciembre de dos mil veinticuatro Sala: Primera Rol Corte: Penal-926-2024 Ruc N°: 2401441535-8 Rit N°: O-731-2024 Juzgado: Letras y Garantía de Chañaral. C.A. de Copiapó Ministros: ministro señor Carlos Meneses Coloma, fiscala judicial (s) señora María José Hernández Soto y abogada integrante señora María Karina Guggiana Varela Relatora: Anita Maluenda Hernández Abogado Asesor M.P
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