SIN INFORMACION

NEIRA/SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION

Rol

Fecha

19 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: 1°.- Que con fecha 4 de noviembre de 2024, comparece don Luis Armando Neira Novoa, quien interpone recurso de protección contra la Dirección Regional Ñuble del Servicio de Registro Civil e Identificación, representada por su Director Regional, don Carlos Villanueva Núñez, por rechazar solicitud de posesión efectiva mediante Resolución ORD N° 2569. Expone que el 17 de enero del año 2007, mediante escritura pública repertorio N° 202-2007 de la Cuarta Notaría de Chillán, adquirió a doña EVER DEL CARMEN ZAMBRANO RAMIREZ, IRMA MIRTALA ZAMBRANO RAMIREZ, LINDOLFA DEL CARMEN ZAMBRANO RAMIREZ, JUANA ROSA ZAMBRANO RAMÍREZ, MIRNA YORNA ZAMBRANO RAMIREZ y TERESA DEL CARMEN ZAMBRANO RAMIREZ, primas (colaterales) de la causante BERTA ELIANA ZAMBRANO MANRÍQUEZ RUN 3.023.977-6, la cesión de la universalidad jurídica que les correspondía o pudiera corresponderles por cualquier motivo o título en la herencia intestada quedada a su fallecimiento. La parte final de la cláusula segunda del referido instrumento señala “En consecuencia, el cesionario podrá intervenir en todos los trámites a que dé lugar la posesión efectiva de la herencia indicada, pudiendo pedirla para si ante el Registro Civil o los Tribunales de Justicia, con los mismos derechos con que podrían haberlo hecho los cedentes, si hubieran actuado personalmente”. Añade que, en la cláusula tercera se señala que: “Se comprenden en la cesión todos los derechos que corresponden a los cedentes a cualquier título en la indicada herencia, y especialmente todos los derechos que por herencia propiamente le correspondían a la causante doña Berta Eliana Zambrano Manríquez en la herencia de su madre doña Berta Manríquez Cerda y de su padre don Manuel Zambrano Salinas y que recaen en el inmueble ubicado en Chillán, calle Cocharcas número Ciento veinte y número Ciento Treinta…” Mas adelante indica que el 8 de noviembre del año 2023 ingresó solicitud de posesión efectiva de los bienes quedados al fallecimiento de doña Berta Elian

Fundamentos

fundamentos del rechazo los siguientes: “1.- Del análisis de los antecedentes se ha podido establecer, que la filiación de quienes aparecen individualizados como presuntos herederos en la solicitud de posesión efectiva, debe ser determinada previamente por los tribunales de justicia. 2.- A pesar de que se presentaron las partidas de nacimiento y defunción de los presuntos herederos, estos documentos no son suficientes para determinar el vínculo filiativo entre ellos y la causante. Aunque las partidas aportan información relevante sobre los datos personales y hechos vitales, en este caso específico, no logran establecer de manera concluyente la existencia de una relación de parentesco entre las partes. Esto impide acreditar el lazo familiar necesario para que los presuntos herederos puedan ser reconocidos como tales.

Fallo

Por tanto, en mérito de los antecedentes acompañados y tenidos a la vista, no es posible dar curso a la presente solicitud.” Hace presente el compareciente que en la instancia administrativa acompañó todos los antecedentes que le solicitaron, por lo menos los que tiene a disposición. Entendiendo que la recurrida posee la mayor base de datos a nivel nacional, entonces, como persona natural se siente arbitrariamente desplazado, más aun teniendo un instrumento público que hace fe respecto de su solicitud. Estima que la recurrida ha vulnerado su derecho de propiedad, pues se ha visto imposibilitado de ejercerlo respecto del bien raíz ubicado esta ciudad, inscrito a fojas 7, N° 10 del año 1973 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces, toda vez que adquirió la posesión legal de la herencia que le corresponde a sus cedentes, por el sólo ministerio de ley, pero el Servicio recurrido lo priva de practicar las inscripciones previstas en el artículo 688 del Código Civil. Solicita a esta Corte declarar ilegal y arbitraria la Resolución ORD N° 2569 del año 2024, que rechazó su solicitud de conceder la posesión efectiva, y, se ordene al servicio referido a otorgar la posesión efectiva de los bienes quedados respecto de la causante doña BERTA ELIANA ZAMBRANO MANRÍQUEZ, RUN: 03.023.977-6, en especial de los derechos sobre el bien raíz ubicado en la comuna de Chillán, inscrito a fojas 7, número 10 del año 1973 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de C

Texto Completo (Preview)

Chillán, diecinueve de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos: 1°.- Que con fecha 4 de noviembre de 2024, comparece don Luis Armando Neira Novoa, quien interpone recurso de protección contra la Dirección Regional Ñuble del Servicio de Registro Civil e Identificación, representada por su Director Regional, don Carlos Villanueva Núñez, por rechazar solicitud de posesión efectiva mediante Resoluc

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica