MENDOZA RUIZ DANOLYS CRISTINA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
19 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: 1°.- Que comparece don Ernesto Manríquez Mendoza, abogado, actuando en representación de Danolys Cristina Mendoza Ruiz, e interpone recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones por la negativa de aceptar el pago de los derechos asociados a la Resolución Exenta Nº23050637, de fecha 17 de febrero de 2023, que rechazó la residencia definitiva y, en su lugar, otorgó la residencia temporal a la recurrente. Expone que la recurrente obtuvo visa de residente temporario en 2016, renovada hasta octubre de 2019. Luego, solicitó la permanencia definitiva en el mes de junio de 2019, recibiendo dos solicitudes de subsanación en los años 2020 y 2022 por supuestos plazos insuficientes de residencia. Posteriormente, se acogió un recurso de protección en febrero de 2023 para darle más tiempo para aportar antecedentes, sin embargo, el Servicio Nacional de Migraciones rechazó la permanencia definitiva el 17 de febrero de 2023, otorgándole residencia temporal en su lugar. Indica que, un segundo recurso de protección fue rechazado por la Corte de Apelaciones de Valparaíso y confirmado por la Corte Suprema el 30 de octubre de 2023, dejando firme la Resolución Exenta Nº23050637. Respecto a su situación migratoria actual, en el mes de julio de 2024, Danolys intentó ratificar la residencia temporal otorgada, lo que la ubica en un "limbo migratorio" al no contar con una solicitud de visa pendiente ni cédula de identidad válida para demostrar regularidad migratoria. Explica que un dictamen de la Contraloría General de la República, de septiembre de 2024, declaró ilegal el procedimiento de "Ratificación de Residencia Temporal" implementado por el Servicio Nacional de Migraciones, señalando que sólo la Subsecretaría del Interior puede establecer mecanismos de regularización migratoria. Denuncia que la situación de irregularidad migratoria aparente afecta la libertad de circulación y el derecho a residir legalmente en Chile. Además, el procedimiento actual es inefi
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas, en el auto acordado sobre tramitación y fallo del recurso de amparo, y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en favor de doña Danolys Cristina Mendoza Ruiz, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-3436-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de diciembre de dos mil veinticuatro. A los folios 27, 29 y 30; a todo, téngase presente. Al folio 28; A lo principal, téngase presente. Al otrosí, a sus antecedentes. VISTO: 1°.- Que comparece don Ernesto Manríquez Mendoza, abogado, actuando en representación de Danolys Cristina Mendoza Ruiz, e interpone recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de
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