JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

FISCALIA ARICA C/ BRISTELA HAYDEE MORALES WILSON

Rol

Fecha

19 de diciembre de 2024

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Atendido mérito de los antecedentes de los cuales se desprende que en el presente caso, concurren los supuestos que señala letra a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, los cuales derivan de los antecedentes policiales y de la dinámica policial misma, que fue aportada en esta audiencia, que permitió el hallazgo de droga en lo que era el domicilio que fue pesquisado por funcionarios policiales y asimismo eso permite establecer cómo se ha señalado, la concurrencia respecto de todos los imputados de las hipótesis que contemplan las letras a) y b) del ya citado artículo 140. En el caso de la imputada Zamira Belén Rojas Valderrama, sin perjuicio de lo señalado, se estima que otras medidas cautelares resultan suficientes para asegurar los fines de procedimiento y la seguridad de la sociedad, por lo que en relación a ella, mediará una revocación de la resolución dictada por el juzgado de garantía, en la forma que se va a señalar. En el caso del resto de los imputados, se estima que la libertad de los mismos constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, habida consideración a la gravedad la pena asignada a los hechos punibles imputados y el haber actuado en grupo o pandilla. En consecuencia SE REVOCA la resolución del diez de diciembre del año dos mil veinticuatro, en la parte que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de Zamira Belén Rojas Valderrama, y en su lugar se declara que se decreta las medidas cautelares del artículo 155 el Código Procesal Penal de arraigo nacional y firma semanal, a practicarse en la unidad de Carabineros más cercana a su domicilio, según lo determine el Juzgado de Garantía respectivo. SE CONFIRMA el resto de la resolución, en la parte que decretó la medida cautelar de prisión preventiva en relación a Brian Alexander Quinteros Millahueque, Eduardo Jesús Del Rosario Pérez Morales, Fabián Eugenio Maldonado Araya y Joan Manuel Añasco Jaiña. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 1064-2024 Penal. La presente

Fallo

se declara que se decreta las medidas cautelares del artículo 155 el Código Procesal Penal de arraigo nacional y firma semanal, a practicarse en la unidad de Carabineros más cercana a su domicilio, según lo determine el Juzgado de Garantía respectivo. SE CONFIRMA el resto de la resolución, en la parte que decretó la medida cautelar de prisión preventiva en relación a Brian Alexander Quinteros Millahueque, Eduardo Jesús Del Rosario Pérez Morales, Fabián Eugenio Maldonado Araya y Joan Manuel Añasco Jaiña. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 1064-2024 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Texto Completo (Preview)

Corte de Apelaciones de Arica. En Arica, a diecinueve de diciembre de dos mil veinticuatro. Sala: Primera Sala Rol: 1064-2024 Penal Ruc: 2401397965-7 RIT: 8685 - 2024 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: Ministros señor Pablo Zavala Fernández, señor Marco Flores Leyton y Abogada Integrante, señora Paula Lepe Caiconte. Relator (a): Jaqueline Cofré García Digitador (a): Mar

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