VALDES NAVARRO RAMON ANDRES/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
19 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Michael Gabriela Farias Pérez, abogada, en representación del condenado Ramón Andrés Valdés Navarro, interponiendo recurso de amparo constitucional en contra de la Comisión de Libertad Condicional por haber rechazado la postulación de su representado al beneficio de libertad condicional. Actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que la resolución no considera las acciones realizadas por el amparado durante su periodo de internación que demuestran avances en su proceso de reinserción, vulnerando con ello el derecho a la libertad personal que la Constitución Política de la República garantiza a todas las personas. Por lo que solicita se revoque la resolución impugnada y se ordene conceder la libertad condicional. Refiere que el amparado se encuentra cumpliendo condena 6 años de presidio mayor en su grado mínimo como autor del delito de robo con intimidación y de 3 años y 1 día por el delito de abuso sexual de mayor de 14 años, en causa RIT 369-2018, RUC 1501059587-5, del 7º Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, sentencia dictada con fecha 30 de enero de 2019. Señala que según la información proporcionada por Gendarmería de Chile, el amparado registra 16 bimestres de muy buena conducta, habiendo iniciado el cumplimiento de su condena el 28 de mayo de 2018, con fecha de término el 2 de abril de 2027, pudiendo acceder al beneficio de libertad condicional desde el 2 de abril de 2024. Alega que lo resuelto por la Comisión es arbitrario e ilegal, toda vez que no consideró las acciones que el amparado ha realizado durante su internación, las que demuestran avances en su proceso de reinserción. Además, se basa únicamente en las conclusiones negativas del informe psicosocial sin explicar concretamente por qué esas características impiden terminar el proceso de reinserción en libertad; así como tampoco considera que el informe psicosocial tiene como finalidad orientar sobre los factores de riesgo de rei
Fundamentos
fundamentos expuestos por la Comisión de Libertad Condicional para rechazar el beneficio solicitado, estos se encuentran ajustados a la legislación vigente, pues se basó en los antecedentes que tuvo a la vista, especialmente el informe psicosocial que advierte factores de riesgo de reincidencia que requieren ser abordados previo a un eventual egreso. Sexto: Que de lo razonado se concluye que no puede atribuirse ilegalidad ni arbitrariedad alguna a la resolución aludida ni menos que esta vulnere la garantía de la libertad personal del amparado.
Fallo
Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se revoque la resolución que rechaza la libertad condicional y se ordene conceder dicho beneficio al amparado. Segundo: Que informando el presente recurso, doña Sandra Araya Naranjo, Ministra, Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, señala que, por resolución de 24 de octubre del presente año, se resolvió rechazar, por unanimidad, la concesión del beneficio impetrado respecto del amparado. En la citada resolución, se indica que los antecedentes del interno contenidos en la postulación remitida por Gendarmería de Chile dan cuenta de un elevado riesgo de reincidencia, siendo reincidente legal y criminógeno. Con necesidades de intervención en las áreas de Pares, Educación/Empleo y Uso del Tiempo Libre. Tercero: Que del mérito de los antecedentes tenidos a la vista, en especial la resolución que rechaza el beneficio, aparece que si bien el amparado cumple con los requisitos de tiempo mínimo y conducta intachable, se constató que presenta factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan otorgarle el beneficio, presenta tendencia a favor del delito, justifica su transgresión a la norma; no se aprecia una reflexión crítica a su actuar y una tendencia a la externalización de la misma. Cuarto: Que el recurso de amparo constituye jurídicamente una acción cautelar de índole constitucional, cuyo contenido específico es el requerimiento de tutela jurisdiccional frente a privaciones de libertad
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Michael Gabriela Farias Pérez, abogada, en representación del condenado Ramón Andrés Valdés Navarro, interponiendo recurso de amparo constitucional en contra de la Comisión de Libertad Condicional por haber rechazado la postulación de su representado al beneficio de
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