PINO SEPULVEDA JAIME GUILLERMO/GENDARMERÍA DE CHILE (NP)
Rol
Fecha
19 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Haslie María Paz Bustamante Vargas, abogada, e interpone acción constitucional de amparo en favor de Jaime Guillermo Pino Sepúlveda, actualmente privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, quien deduce recurso de amparo en contra de la resolución dictada en el mes de octubre de 2024 por la Comisión de Libertad Condicional. Expone que el amparado cumple un saldo de condena de 1469 días, una condena de 3 años y un día por el delito de tenencia ilegal de arma prohibida, una condena de 3 años y un día por el delito de robo con violencia e intimidación y de 541 días, por el delito de homicidio simple frustrado. Explica que se estima como fecha de término de su condena el 13 de septiembre de 2029, cumpliendo el tiempo mínimo para acceder al beneficio de libertad condicional el 17 de marzo de 2022. Sostiene que el amparado ha tenido una conducta intrapenitenciaria calificada como “muy buena” desde hace 6 bimestres. En definitiva, considera que cumple su representado todos los requisitos para la concesión del beneficio, criticando que no se han evaluado correctamente sus avances. Previas citas legales y jurisprudenciales solicita que se deje sin efecto la resolución emitida por la Comisión de Libertad Condicional y se conceda dicho beneficio en favor del amparado. Segundo: Que, a folio 4, por la Comisión de Libertad Condicional, evacuó informe su Presidenta, Ministra señora Sandra Araya Naranjo, indicando que el amparado no fue postulado por ninguna Unidad Penal de esta jurisdicción para obtener el beneficio, en lo que respecta al segundo semestre del presente año. Tercero: Que, adicionalmente, se solicitó informe a la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, el cual consta evacuado a folio 12, solicitando el rechazo del recurso, con costas. En concreto, indica que el amparado no tuvo a su favor el requisito de conducta para ser postulado al momento de vencer el periodo de segund
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en los artículos 2 N° 3 del D.L. N° 321 de 1925, 12 del Decreto Nº 338 de 2019, del Ministerio de Justicia y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Jaime Guillermo Pino Sepúlveda y en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-3328-2024. En Santiago, diecinueve de diciembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de diciembre de dos mil veinticuatro. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Haslie María Paz Bustamante Vargas, abogada, e interpone acción constitucional de amparo en favor de Jaime Guillermo Pino Sepúlveda, actualmente privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, quien deduce recurso de amparo en contra de la resolución
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