SIN INFORMACION

DEPEIGNE VANESSA /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

19 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: Que, a folio uno se deduce amparo en favor de Vanessa Depeigne, ciudadana haitiana, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, con motivo de la resolución exenta N°24553140, de fecha 4 de diciembre de 2024, del Servicio Nacional de Migraciones, la que rechaza su solicitud de permiso residencia definitiva que indica y dispone abandono del país. En síntesis, señala que los

Fundamentos

motivos del rechazo se indican en el considerando segundo de dicha resolución que indica “Que, el solicitante no adjunta el certificado de antecedentes de su país de origen debidamente legalizado y/o apostillado, no remite documentos que acrediten sustento económico, no remite copia de la sanción por residir en el país con el permiso de residencia vencido, requisito exigido para otorgar el permiso de residencia definitiva, siendo pertinente rechazar su solicitud en conformidad al artículo 88 N°1 de la Ley N°21.325 de Migración y Extranjería.” Alega que, al momento de recibir la resolución de notificación previo rechazo del permiso pretendido acudió a la embajada de Haití en Chile a buscar el antecedente penal solicitado para subsanarlo, sin embargo, el certificado no se encontraba disponible, argumentando que es un hecho de público conocimiento lo complejo que es para los ciudadanos haitianos el obtener dicha documentación dentro del plazo conferido por el servicio. En cuanto al pago de la multa, afirma que no pudo ser efectuado por el hecho de que no aparecía la opción habilitada en sistema para poder pagar la multa. En lo que concierne al sustento económico, afirma que su esposo es trabajador contratado según puede comprobarse en los documentos acompañados en el primer otrosí, a través de declaración jurada ante ministro de fe, por lo que asumió todos los gastos de manutención de la amparada mientras dure su estadía en el país, haciéndose cargo por este acto del sustento económico de esta en su totalidad, asumiendo también la responsabilidad legal correspondiente. A lo anterior añade que por con motivo de la resolución reclamada se ha ordenado su abandono del país, lo que resulta más gravoso, reside con su esposo en el domicilio ya individualizado, lo que analizó en su momento la recurrida para acoger a tramitación la solicitud, pero que no tomó en consideración al dictar la resolución que ordena el abandono, aplicando una sanción desmesurada e injusta. Solicita en definitiva que, se deje sin efecto la orden de abandono teniendo en cuenta el sustento económico de la amparada provisto por su cónyuge para todos los efectos legales, otorgar nuevo plazo para acompañar el certificado de antecedentes en un lapso no menor a los sesenta días y habilitar el sistema para la efectiva realización del pago correspondiente a la sanción aplicada, pronunciándose sobre la situación migratoria de la amparada. Que, a folio seis evacúa informe el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso. Señala que, con fecha 14 de septiembre de 2022 la amparada solicitó residencia definitiva, solicitud que efectuó encontrándose vencido su permiso anterior, por lo que postuló encontrándose irregular en el territorio nacional. Indica que mediante notificación electrónica Folio N°58010947 de 3 de mayo de 2024 se le informó que las razones que sirven de fundamento al rechazo de su solicitud de acuerdo con lo previsto en el artículo 91 de la Ley N°21.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de amparo deducido a favor de Vanessa Depeigne, en contra del Servicio Nacional de Migraciones y, por consiguiente, se deja sin efecto la Resolución Exenta N°24553140, de fecha 4 de diciembre de 2024, del Servicio Nacional de Migraciones, dictada por el referido Servicio, otorgándosele un plazo de noventa días hábiles para acompañar la documentación requerida para obtener el permiso de residencia solicitado. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-3129-2024.

Texto Completo (Preview)

Jfah.- C.A. de Valparaíso Valparaíso, diecinueve de diciembre de dos mil veinticuatro. Visto: Que, a folio uno se deduce amparo en favor de Vanessa Depeigne, ciudadana haitiana, y en contra del Servicio Nacional de Migraciones, con motivo de la resolución exenta N°24553140, de fecha 4 de diciembre de 2024, del Servicio Nacional de Migraciones, la que rechaza su solicitud de permiso residencia def

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