CAT ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A./CHÁVEZ
Rol
Fecha
18 de diciembre de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA CON COSTAS
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el abogado señor Mario Espinoza Villarroel, en representación de la ejecutada, en autos ejecutivos caratulados “Banco Falabella con Muñoz”, que inciden en causa rol C-952-2023 -cuaderno incidental- del Segundo Juzgado de Letras de Calama, deduce recurso de apelación en contra de la sentencia interlocutoria de fecha diecisiete de septiembre del año en curso, que rechazó el incidente de abandono del procedimiento promovido por la demandada. SEGUNDO: Que, en efecto, tal como se indica en la sentencia recurrida, con fecha 20 de junio de 2022, folio 23 del cuaderno principal, se dicta sentencia definitiva en autos, que rechaza con costas, las excepciones opuestas por la parte ejecutada. Que dicha sentencia no se encuentra ejecutoriada, por cuanto no consta la notificación de la parte ejecutada por cuanto a folio 31 del cuaderno principal respecto de exhorto tramitado ante el 4° Juzgado de Letras Civil de Antofagasta, en causa Rol E-273-2024, con dicho fin, se resolvió con fecha 15 de mayo de 2024, atendido el tiempo trascurrido, sin que se haya efectuado diligencia alguna en pos de la tramitación del mencionado exhorto, devolverlo al Tribunal de origen por interconexión. De otra suerte también se debe consignar que la última resolución recaída, en el cuaderno principal es la que rola a folio 26, de fecha 09 de enero de 2024, en que la parte ejecutante se notifica de la sentencia definitiva de autos, pero dicha gestión no puede ser considerada una gestión útil, desde que no da curso progresivo a los autos. Así las cosas, la última gestión útil, corresponde a la que rola a folio 25, de fecha 25 de julio de 2023, que corresponde al “cúmplase” de la resolución de 08 de junio de 2023 de la Iltma. Corte de Apelaciones de Antofagasta, que declara la admisibilidad de las excepciones opuestas y cita a las partes a oír sentencia. TERCERO: Que, en relación al cuaderno de apremio consta a folio 2 de dicho compendio, que con fecha 09 de mayo de 2023, existe requerimiento de pago en estos antecedentes. Luego con fecha 08 de marzo de 2024, la parte ejecutante solicita ampliación del embargo, solicitud a la que no se hace lugar, por resolución de fecha 11 de marzo de 2024, en razón de encontrarse pendiente la notificación de la sentencia al ejecutado. Por lo anterior, la última resolución recaída en gestión útil corresponde al requerimiento de pago de fecha 09 de mayo de 2023. CUARTO: Que, el inciso primero del artículo 153 del Código de Procedimiento Civil, señala que “El abandono podrá hacerse valer sólo por el demandado, durante todo el juicio y hasta que se haya dictado sentencia ejecutoriada en la causa.”. En la especie se trata de un procedimiento ejecutivo, en el que, si bien se ha dictado sentencia, esta no se encuentra ejecutoriada, por lo que la regla de prescripción se ajusta a lo dispuesto en el artículo 152 del código del ramo, esto es, “El procedimiento se entiende abandonado cuando todas las partes que figuran en el j
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 152, 153 y 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA, con costas del recurso, la resolución de fecha diecisiete de septiembre de dos mil veinticuatro, que rechazó sin costas el incidente de abandono del procedimiento promovido por la parte ejecutada, y en su lugar se declara el abandono del procedimiento en estos antecedentes, por haber trascurrido más de seis meses contados desde la fecha de la última gestión útil recaída en el procedimiento de apremio destinado a obtener el cumplimiento forzado de la obligación. Regístrese y comuníquese. Rol 1176-2024 (Civil) Redactada por el ministro titular señor Jaime Rojas Mundaca. 1
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, a dieciocho de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el abogado señor Mario Espinoza Villarroel, en representación de la ejecutada, en autos ejecutivos caratulados “Banco Falabella con Muñoz”, que inciden en causa rol C-952-2023 -cuaderno incidental- del Segundo Juzgado de Letras de Calama, deduce recurso de apelación en contra de la sentencia interlo
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