PIZARRO LEIVA, CLAUDIO PATRICIO/SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
Rol
Fecha
18 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA SIN COSTAS
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Claudio Patricio Pizarro Leiva, deduciendo recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, señalando como acto ilegal y arbitrario la dictación de las Resoluciones Exentas N°R-01-UNAAD-156920-2024 y N°R-01-DC-167051-2024, de 7 y 24 de octubre de 2024, respectivamente, que confirmaron el rechazo de las licencias médicas N°2-59683987, extendida por un total de 30 días, a contar del 31 de agosto de 2020; y N° 59683451 y 4221020-K, extendidas por un total de 50 días, a contar del 1 de agosto de 2020, acto que perturba y amenaza el legítimo ejercicio de los derechos consagrados en el artículo 19 N°1 y 24 de la Constitución Política de la República. Sostiene que desde el 2018 comenzó con episodios de crisis de angustia, no conciliaba el sueño, se sentía irritable, depresivo, siendo diagnosticado con trastorno de ansiedad generalizada, iniciando un tratamiento psiquiátrico, lo que no mejoró en el año 2019, por lo que el especialista respectivo le extendió licencias médicas para la recuperación de su salud. Señala que fue notificado por Isapre Banmédica sobre el rechazo de las licencias médicas N°2-59683987, extendida por un total de 30 días, a contar del 31 de agosto de 2020; y N° 59683451 y 4221020-K, extendidas por un total de 50 días, a contar del 1 de agosto de 2020, por reposo no justificado, apelando de tales decisiones ante la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez, las que fueron rechazadas, por lo que interpuso reconsideración ante la recurrida, la que mediante las resoluciones que por esta vía de reprochan confirmó el rechazo de las licencias médicas. Expone que la escasa fundamentación entregada por la autoridad torna en arbitraria la determinación, misma que, al estar desprovista de argumentos íntegros que la justifiquen, termina sustentándose en el solo capricho o mera voluntad del ente que la adopta, proceder que, a su vez, vulnera la garantía de igualdad ante la ley, pues dicha carencia de basamentos supone una discriminación arbitraria en perjuicio del recurrente. Culmina solicitando se ordene a la recurrida dejar sin efecto las resoluciones administrativas impugnadas, aprobando las licencias médicas rechazadas, teniendo por justificado el reposo médico decretado y ordenar su pago, con costas. Acompaña a su recurso: 1.- Resolución Exenta R-01-UNAAD-156920-2024; 2. Resolución Exenta R-01-DC-167051-2024; 3. Certificado médico tratante de 31 de julio de 2020; 4. Certificado médico tratante de 25 de septiembre de 2020; y 5. Certificado médico tratante de 19 de marzo de 2022. SEGUNDO: Que, a folio 9 evacuó informe la Superintendencia de Seguridad Social, alegando en primer lugar la extemporaneidad de la acción de protección, por cuanto fue interpuesta una vez vencido el plazo fatal de 30 días corridos que se contempla para hacerla valer. Ello, en atención que se reclama respecto del rechazo de las licencias médicas que se extendieron hace más de 4 años, resultando
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre la materia, se resuelve: I. Que, SE RECHAZA, las alegación de extemporaneidad de la acción de protección. II. Que, SE ACOGE, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de Claudio Patricio Pizarro Leiva, en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, disponiéndose que la recurrida deberá proceder a autorizar el pago de las licencias médicas rechazadas N°2-59683987, extendida por un total de 30 días, a contar del 31 de agosto de 2020; y N°59683451 y 4221020-K, extendidas por un total de 50 días, a contar del 1 de agosto de 2020, dentro de quinto día desde que el presente fallo se encuentre ejecutoriado. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol N°1770-2024 Protección.
Texto Completo (Preview)
Pizarro Leiva, Claudio Patricio Superintendencia de Seguridad Social Recurso de protección Rol N°1770-2024. La Serena, dieciocho de diciembre dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Claudio Patricio Pizarro Leiva, deduciendo recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, señalando como acto ilegal y arbitrario la dictación de las Resol
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