SIN INFORMACION

GUERRA/VARAS

Rol

Fecha

18 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Con fecha 11 de junio de 2024, comparece doña Pía Guerra Núñez, socióloga, interponiendo recurso de protección en contra de doña María Leonor Varas, en su calidad de Directora del Departamento de Evaluación, Medición y Registro Educacional (DEMRE) de la Universidad de Chile, por haber dispuesto su desvinculación mediante carta de fecha 30 de mayo de 2024, no obstante encontrarse vigente su nombramiento a contrata para todo el año 2024, actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que se habría efectuado mediante una simple carta y sin expresión de

Fundamentos

fundamentos objetivos, vulnerando con ello las garantías constitucionales de igualdad ante la ley, el derecho a la honra y el derecho de propiedad, que la Constitución Política de la República garantiza a todas las personas, por lo que solicita se deje sin efecto su despido. Expone la recurrente que se desempeñaba como funcionaria pública en el DEMRE de la Universidad de Chile, en calidad de contrata en el grado 12 de la escala universitaria de sueldos, con nombramiento vigente por todo el año 2024, cargo del cual fue desvinculada de manera imprevista mediante una carta fechada el 30 de mayo de 2024, la que dispone que el cese de sus funciones se hará efectivo el 30 de junio del mismo año. Sostiene que dicha desvinculación es ilegal por cuanto debió materializarse a través de un decreto universitario, suscrito por una autoridad debidamente facultada para ello, en el cual debieron expresarse fundamentos objetivos y no meras apreciaciones subjetivas como las contenidas en la carta de despido, donde se le atribuye una supuesta "falta de rigurosidad en su desempeño como funcionaria de esta institución", lo que habría "provocado la imposibilidad de asignar tareas de mayor envergadura, producto de una innegable pérdida de confianza en la labor realizada", representando esto "un serio riesgo institucional en el cumplimiento de las tareas de la unidad mencionada." Argumenta que tales apreciaciones sobre su desempeño laboral debieron efectuarse dentro de un proceso formal de calificaciones, instancia en la cual habría tenido la posibilidad de refutar dichas conclusiones, y no como se verificó por parte de la Sra. Varas, dejándola en la indefensión y sin trabajo después de más de un año de labores continuas. Agrega que la decisión impugnada resulta arbitraria, por cuanto no se condice con el hecho de que su nombramiento le fue renovado a finales de noviembre de 2023 por todo el presente año 2024, afectándose con ello su honra y prestigio profesional, lo que le resta posibilidades de encontrar un nuevo trabajo, así como su derecho a que se respete su estabilidad en el empleo como funcionaria de la Universidad. En cuanto a la afectación de garantías constitucionales, la recurrente sostiene que la actuación impugnada vulnera su derecho a la igualdad ante la ley, al no respetarse el procedimiento legal establecido para su desvinculación; el derecho a la honra, al verse menoscabado su prestigio profesional mediante apreciaciones subjetivas no acreditadas; y el derecho de propiedad, al privársele de su legítima expectativa de mantener su empleo hasta el término del período por el cual fue nombrada.

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se deje sin efecto la decisión de despido comunicada mediante carta de fecha 30 de mayo de 2024. Segundo: Que al evacuar el informe solicitado, doña Liliana Galdámez Zelada, abogada, en representación de la Universidad de Chile, solicita el rechazo del recurso con costas, fundando su petición en las siguientes consideraciones de hecho y de derecho: En primer término, expone que la recurrente comenzó a prestar servicios para el Departamento de Evaluación, Medición y Registro Educacional (DEMRE) a partir del 1 de junio de 2023, mediante Decreto Exento RA N° 309/3630/2023, siendo contratada en calidad de profesional grado 12 para desempeñar labores de investigación, con el objetivo principal de colaborar en la elaboración de análisis de datos para las pruebas y proyectos de la Unidad de investigación y desarrollo. Señala que su contrata fue prorrogada para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024, o mientras sean necesarios sus servicios, mediante Decreto Universitario N° 0042992/2023. Sin embargo, sostiene que las actividades a cargo de la funcionaria fueron deficientes según indica el informe de fecha 27 de mayo de 2024 emitido por su jefatura, Sr. Maximiliano Herrera, detallando una serie de situaciones que evidencian incumplimientos en la calidad técnica y plazos de los productos requeridos. En particular, se refiere a diversos casos que demuestran: baja calidad en

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Con fecha 11 de junio de 2024, comparece doña Pía Guerra Núñez, socióloga, interponiendo recurso de protección en contra de doña María Leonor Varas, en su calidad de Directora del Departamento de Evaluación, Medición y Registro Educacional (DEMRE) de la Universidad de Chile, por haber d

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica