1º JUZGADO DE LETRAS DE LOS ANDES

CAJA DE COMP. 18 DE SEPTIEMBRE/ARIAS

Rol

Fecha

18 de diciembre de 2024

Materia

EJECUTIVO PREVISIONAL

Resultado

RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT

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Hechos

Vistos: Que, en causa RIT N°P-342-2019 del Primer Juzgado de Letras de Los Andes, a folio 53 de la carpeta virtual de primera instancia, el abogado Francisco Briones Vargas, en representación del ejecutado, deduce recurso de casación en la forma y, en subsidio, apelación en contra de la sentencia definitiva de doce de octubre de 2023, que acogió parcialmente la excepción de prescripción opuesta. A folio 9, de estos autos se declaró admisible el recurso de casación en la forma y se ordenó traer los autos en relación para conocer de los recursos interpuestos. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: I. En cuanto al recurso de casación en la forma. Primero: Que, la parte ejecutada, por la vía del recurso de casación en la forma, solicitó que se complete la sentencia recurrida y se pronuncie sobre la excepción de prescripción de la acción ejecutiva opuesta en virtud del artículo 5° de la Ley N°17.332, en relación el numeral 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil. Segundo: Que, la parte recurrente funda su recurso en la causal establecida en el artículo 768 N°5 del Código referido, a saber, la omisión de los requisitos del artículo 170 del mismo Código, en relación con su numeral 6, que prescribe que la decisión del asunto controvertido deberá comprender todas las acciones y excepciones que se hayan hecho valer en el juicio. Tercero: Que, en estos autos, con fecha veinticinco de octubre de dos mil veinticuatro, a folio 10, se remitieron los antecedentes al tribunal a quo, a fin de que el juez de la instancia complementara la sentencia de doce de octubre de dos mil veintitrés, resolviendo la excepción de prescripción opuesta por la ejecutada. En cumplimiento de lo anterior, el tribunal, mediante resolución de cuatro de noviembre de dos mil veinticuatro, resolvió dicha excepción, integrándola a la sentencia previamente dictada. Por lo tanto, no existiendo un vicio que subsanar, el recurso de casación en la forma será desestimado. II. En cuanto al recurso de apelación. Cuarto: Que, por vía del recurso de apelación se solicita la revocación de la sentencia definitiva y se acojan las excepciones opuestas a la ejecución, y se condene en costas a la ejecutante. Quinto: Que, atendido el mérito de los antecedentes y considerando que los argumentos expuestos por la parte recurrente en su presentación no alteran los fundamentos de fondo del

Fallo

fallo del tribunal a quo, y que llevaron a rechazar la excepción de prescripción de la acción y a acoger parcialmente la excepción de prescripción de la deuda, así como lo resuelto respecto a las costas, dado que el ejecutante no resultó totalmente vencido. Por estas consideraciones y visto lo dispuesto, en los artículos 186 y 768 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara: I.- Que se rechaza, sin costas, el recurso de casación en la forma interpuesto por don Francisco Briones Vargas, en contra de la sentencia definitiva de doce de octubre de dos mil veintitrés, dictada en los autos RIT N°P-342-2019 del Primer Juzgado de Letras de Los Andes, la que por consiguiente no es nula. II.- Que se confirma, sin costas del recurso, la referida sentencia en alzada. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N°Laboral - Cobranza-1007-2023. En Valparaíso, dieciocho de diciembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Jfah.- C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciocho de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Que, en causa RIT N°P-342-2019 del Primer Juzgado de Letras de Los Andes, a folio 53 de la carpeta virtual de primera instancia, el abogado Francisco Briones Vargas, en representación del ejecutado, deduce recurso de casación en la forma y, en subsidio, apelación en contra de la sentencia definitiva de d

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