MAXIME ROSEDALINE /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
18 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1, comparece la abogada Carla Cañón Rubio, quien interpone recurso de amparo a nombre y a favor de Rosedalie Maxime, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto arbitrario el ilegal consistente en la dictación de la Resolución Exenta N°24555080 de 5 de diciembre de 2024, por la cual rechazó la solicitud de residencia definitiva de la amparada y ordenó su abandono del país, lo que vulnera su derecho a la libertad personal consagrado en el artículo 19 N°7 letra A de la Constitución Política de la República. Como cuestión previa señala que, la amparada ha cumplido con toda la reglamentación que exige la ley para postular a la residencia definitiva, tiene contrato de trabajo vigente, además no cuenta con antecedentes penales en su país de origen. Agrega que, pese a lo previamente expuesto, el servició recurrido rechazó su solicitud mediante Resolución Exenta de 5 de diciembre de 2024, mediante la cual dispone su abandono del país, debido a no haber pagado la multa respectiva. Añade que el órgano recurrido en ningún momento solicito antecedentes adicionales durante su tramitación, pudiendo considerarse este actuar como un comportamiento antojadizo por parte de este. Refiere que la amparada actualmente no cuenta con una cédula de identidad vigente, por lo que no puede hacer trámites en Chile. Finaliza solicitado se deje sin efecto el acto administrativo terminal emanado por la recurrida. A folio 6, evacúa informe el abogado Daniel Baltra Goity en representación del Servicio Nacional de Migraciones. Señala que el 11 de julio de 2022 la amparada solicitó residencia definitiva mediante solicitud ID N°50471599, estando en una situación migratoria irregular, toda vez que su visa anterior a la postulación venció el 26 de febrero de 2022. Indica que la actora no remitió la sanción por el artículo 107 solicitada por la recurrida, requisito exigido para otorgar el permiso de residencia definitiva, por lo que era pert
Fundamentos
motivos que sustentaron las razones invocadas por la autoridad migratoria, siendo procedente el rechazo de la solicitud de residencia definitiva presentada por la amparada. Indica que mediante Resolución Exenta N°24555080 de 5 de diciembre de 2024 del Servicio Nacional de Migraciones rechazó la solicitud de residencia definitiva de la amparada, disponiendo su abandono del país dentro del plazo de 10 días, por no acompañar el pago de la sanción por residencia irregular a la fecha de dictación de la Resolución Exenta. Sostiene que le reservaron a la amparada los recursos contemplados en la Ley Nº19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139 de la Ley N°21.325. Finaliza solicitando se rechace el presente arbitrio. A folio 7, se ordenó traer los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, por esta vía cautelar se cuestiona la legalidad de la Resolución Exenta N°24555080 de 5 de diciembre de 2024, que rechazó la solicitud de residencia definitiva de la amparada y dispuso el abandono del país, dentro del plazo 10 días, la que se funda en no haber dado cumplimiento con el pago de la multa por haber residido irregularmente en el país, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley N°21.235. Segundo: Que, el recurrido informa que se rechazó la solicitud de residencia definitiva del solicitante, por cuanto, pese a haberle notificado que se encontraba en causal de rechazo y conferido un plazo para complementar su petición, no se dio cumplimiento a lo requerido. Tercero: Que, del mérito de los antecedentes, se advierte que el amparado no acreditó el pago de la multa por haber residido irregularmente, prevista en el artículo 107 de la Ley N°21.325, en la oportunidad legal que correspondía. En consecuencia, el rechazo de la solicitud no resulta ilegal, desde que se fundó en una hipótesis contemplada en la ley y previa notificación de rechazo al amparado, sin que se hubiese subsanado su solicitud en tiempo y forma, ni tampoco se acreditó dicho cumplimiento en esta sede, motivos que conducen a estos sentenciadores a desestimar el presente arbitrio constitucional.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se rechaza, sin costas, la acción de amparo deducida en favor de Rosedalie Maxime, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, comuníquese y, ejecutoriada, archívese. N°Amparo-3120-2024. En Valparaíso, dieciocho de diciembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Jfah.- C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciocho de diciembre de dos mil veinticuatro. Visto: A folio 1, comparece la abogada Carla Cañón Rubio, quien interpone recurso de amparo a nombre y a favor de Rosedalie Maxime, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto arbitrario el ilegal consistente en la dictación de la Resolución Exenta N°24555080 de 5 de dic
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