1 JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE PUENTE ALTO

G4S SECURITY LTDA./DELEGACION PRESIDENCIAL REGION METROPOLITANA

Rol

Fecha

18 de diciembre de 2024

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de su motivo sexto que se elimina. Y teniendo en su lugar y, además, presente: 1°.- Que el artículo 8 del Decreto Ley 3.607 prescribe, en su inciso tercero, que si durante el proceso el denunciado acredita haber dado cumplimiento, en cualquier tiempo, al hecho cuya omisión constituye la infracción que motivó la denuncia, el juez podrá dictar sentencia absolutoria. 2°.- Que según consta del proceso, la denunciada fue infraccionada por mantener personal que cumplía funciones de guardia de seguridad sin contar con directiva de funcionamiento aprobada; sin embargo, en virtud de presentación de fojas 48, realizada en primera instancia al interponer recurso de apelación, consta la copia de la Resolución N° 1511 de 12 de mayo de 2022 que aprobó la directiva de funcionamiento de la empresa Metrogas de Puente Alto. 3°.- Que, conforme se colige del claro tenor del precepto precedentemente aludido, el legislador dio la posibilidad al juzgador de absolver al denunciado que acreditare durante el transcurso del proceso haber dado cumplimiento, en cualquier tiempo, al hecho cuya omisión motivó la denuncia y, en ese entendido, pudiendo desprenderse del tenor de los documentos acompañados al proceso que ello efectivamente aconteció, se revocará la sanción impuesta por el tribunal de primer grado y se absolverá a la empresa denunciada del requerimiento practicado en su contra. Por las razones anotadas y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 18.287 y 8° del Decreto Ley 3.607, SE REVOCA la sentencia en alzada de veintiocho de febrero de dos mil veintitrés, dictada a fojas 42 de los autos 635.880-2022 del Primer Juzgado de Policía Local de Puente Alto, y en su lugar se declara que se niega a lugar, en todas sus partes, al requerimiento formulado por la Delegación Presidencial de la Región Metropolitana. Acordada con el voto en contra del ministro señor Danilo Quezada Rojas, quien fue de parecer de confirma

Fundamentos

fundamentos Regístrese y devuélvanse. Rol N°11-2024 Policía Local Pronunciada por la primera sala ante los ministros don Danilo Quezada Rojas, don Juan Angel Muñoz López y la abogada integrante doña Patricia Muñoz García. No firma la abogado integrante señora Muñoz, quien no obstante haber concurrido a la vista de la causa y posterior acuerdo se encuentra ausente.

Fallo

se declara que se niega a lugar, en todas sus partes, al requerimiento formulado por la Delegación Presidencial de la Región Metropolitana. Acordada con el voto en contra del ministro señor Danilo Quezada Rojas, quien fue de parecer de confirma la sentencia apelada, en virtud de sus propios fundamentos Regístrese y devuélvanse. Rol N°11-2024 Policía Local Pronunciada por la primera sala ante los ministros don Danilo Quezada Rojas, don Juan Angel Muñoz López y la abogada integrante doña Patricia Muñoz García. No firma la abogado integrante señora Muñoz, quien no obstante haber concurrido a la vista de la causa y posterior acuerdo se encuentra ausente.

Texto Completo (Preview)

En San Miguel, a dieciocho de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de su motivo sexto que se elimina. Y teniendo en su lugar y, además, presente: 1°.- Que el artículo 8 del Decreto Ley 3.607 prescribe, en su inciso tercero, que si durante el proceso el denunciado acredita haber dado cumplimiento, en cualquier tiempo, al hecho cuya omisión c

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