SIN INFORMACION

PAUL MARIE ILMANIE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

18 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Marie Ilmanie Paul, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de Resolución Exenta N°24154851, de fecha 4 de abril de 2024, que rechaza su solicitud de residencia definitiva y dispone su abandono del país en un plazo de 10 días, lo que estima conculca su libertad ambulatoria. En cuanto a los hechos indica que ingresó al país vía aérea, realizando los trámites pertinentes para regularizar su situación migratoria, por lo que solicitó la residencia definitiva que fue rechazada mediante la resolución que por esta vía se impugna, del 4 de abril de 2024, fundado en que no acompañó el certificado de antecedentes penales de su país de origen legalizado y no pagó la sanción por residencia irregular. Señala que trató de efectuar al pago de la sanción, cuando se lo requirieron, pero no pudo toda vez que no estaba habilitada la opción en el sistema. En cuanto al certificado de antecedentes penales, indica que ha acudido a la embajada para obtenerlo, pero que no se encuentra disponible, toda vez que la crisis de su país impide la oportuna tramitación de certificados. Agrega que no mantiene antecedentes penales en Chile. Argumenta que la orden de abandono resulta desproporcionada, si se considera que en casos similares se otorga una residencia temporaria, por un plazo más breve. Solicita, que se deje sin efecto la resolución recurrida, y en consecuencia la orden de abandono, otorgándole un nuevo plazo, no menor a 60 días, para acompañar el certificado de antecedentes y habilitar el sistema para realizar el pago de la sanción. A folio 6, se evacúa informe por el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso. Indica que, con fecha 17 de febrero de 2020, la recurrente solicitó la residencia definitiva. Luego, mediante comunicación electrónica, del 2 de noviembre de 2023, le informaron que se encontraba en causa previo rechazo y le otorgaron 10 día

Fundamentos

considerando: Primero: Que, por la presente vía cautelar, se impugna la Resolución Exenta N°24154851 de fecha 04 de abril de 2024, que rechazó la solicitud de residencia definitiva de la recurrente y dispuso su abandono del país en el plazo de diez días, fundado en no haber cumplido con remitir el certificado de antecedentes penales de su país de origen debidamente legalizado, ni haber pagado la sanción impuesta por residencia irregular. Segundo: Que, respecto al rechazo de la residencia definitiva, el artículo artículo 88, numeral 1 de la Ley N°21.325, establece: “Causales de rechazo. Deben rechazarse por resolución fundada las solicitudes de residencias de quienes: 1. No cumplan los requisitos de cada categoría y subcategoría migratoria fijados en el respectivo decreto, en conformidad a lo establecido en el artículo 70”. Por su parte, y en cuanto al requerimiento de certificado de antecedentes penales, el artículo 11 del Decreto N°177, indica “Sin perjuicio de los requisitos específicos requeridos en cada subcategoría migratoria, y salvo mención expresa en contrario, deberán adjuntarse a toda solicitud los siguientes documentos: b) En el caso de los solicitantes que según la ley chilena sean mayores de edad, el certificado de antecedentes penales o documento equivalente expedido por la autoridad competente de su país de origen o de aquel en el cual hayan residido en los últimos 5 años”. Por otro lado, respecto de la sanción por residencia irregular el artículo 107 de la Ley N°21.325 contempla la sanción de multa para quienes siendo titulares de un permiso de residencia expirado permanezcan en el país por un plazo inferior o igual a 180 días corridos. Tercero: Que, del mérito de autos, no consta que la parte recurrente haya acompañado efectivamente el certificado requerido, no siendo suficiente la alegación de no haberlo podido conseguir por la situación de su país, toda vez que, previo al inicio de la tramitación de su solicitud, conoce los antecedentes que debe presentar, lo que permite que pueda prever los trámites y tiempos necesarios; más aun considerando que la autoridad recurrida, durante la tramitación de su presentación, le requirió el antecedente, otorgándole un plazo para subsanar, cumpliendo, de esta forma, con lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley N°21.325 sobre la notificación previo al rechazo. Asimismo, tampoco se puede atender la alegación de no haber pagado la multa por indisponibilidad de la plataforma al efecto, toda vez que no se ha acreditado aquello, ni tampoco se intentó el pago en forma posterior para presumir la intención de cumplimiento de la recurrente. Cuarto: Que, respecto de la orden de abandono, de conformidad al artículo 91 de la mencionada ley, la autoridad recurrida se encuentra obligada a disponer dicha orden toda vez que rechace o revoque un permiso de residencia, como ocurre en el caso de autos. Quinto: Que, conforme se viene razonando, no se advierte la existencia de algún acto ilegal por parte de la

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido a favor de Marie Ilmanie Paul, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-3132-2024. En Valparaíso, dieciocho de diciembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

Dgm. C.A. de Valparaíso Valparaíso, dieciocho de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio 1, se interpone recurso de amparo en favor de Marie Ilmanie Paul, de nacionalidad haitiana, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la dictación de Resolución Exenta N°24154851, de fecha 4 de abril de 2024, que rechaza su solicitud de residencia definitiva y dispone su abandono del paí

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