SIN INFORMACION

FARIAS FERRADA JORGE ALEJANDRO / POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE

Rol

Fecha

17 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que comparece Jorge Farías Ferrada, abogado, por sí, deduciendo acción constitucional de amparo en su favor, y en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, por haber impedido su salida del País, lo que a su juicio vulnera su libertad personal. Señala el amparado que al intentar salir con destino a Argentina, funcionarios de la recurrida le comunicaron que tenía orden de arraigo, por lo cual se hacía imposible su salida del país, no informándole los detalles. Lo anterior, a su juicio, constituye una perturbación y amenaza de su derecho a la libertad personal y seguridad individual resguardados por el artículo 21 de la Constitución Política de la República, por lo que solicita acoger su acción, ordenando a la recurrida adoptar las medidas necesarias que estime conducentes para reestablecer el imperio del derecho. SEGUNDO: Que informó al tenor del recurso la Policía de Investigaciones de Chile, Institución que indicó -en lo pertinente- que, consultado al Departamento de Migraciones Aeropuerto, no se ha adoptado ningún procedimiento que restrinja su libertad personal y en específico la ambulatoria, no existiendo constancia de su concurrencia a dicho departamento. Adiciona que revisado los registros en el sistema “GEPOL” el amparado, no registra encargos judiciales y encargos vigentes. TERCERO: Que, el recurso de amparo constituye jurídicamente una acción cautelar, de índole constitucional, cuyo contenido específico es el requerimiento de tutela jurisdiccional frente a privaciones de libertad ambulatoria, con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, frente a amenazas ilegales al ejercicio de dicha libertad y frente a privaciones, perturbaciones o amenazas a la seguridad individual, sin limitaciones y sin que importe el origen de tales atentados. Cuarto: Que, teniendo en consideración los antecedentes relacionados en los

Fundamentos

motivos precedentes, no se advierte por parte de esta Corte, ilegalidad alguna, en razón que, según lo informado por la recurrida y los documentos acompañados, se desprende que, no existen órdenes de aprehensión, arraigos u órdenes de arrestos vigentes a la fecha en contra de la amparada. Quinto: Que, de lo expuesto, se observa que no se divisa afectación a la libertad personal ni a la seguridad individual respecto de quién acciona.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza la acción constitucional de amparo deducida por Jorge Farías Ferrada, en contra de la Policía de Investigaciones de Chile. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. N° Amparo-3.785-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: PRIMERO: Que comparece Jorge Farías Ferrada, abogado, por sí, deduciendo acción constitucional de amparo en su favor, y en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, por haber impedido su salida del País, lo que a su juicio vulnera su libertad personal. Señala el amparado que al intentar salir con destino

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica