ANONIMIZADO
Rol
Fecha
23 de diciembre de 2024
Materia
ALIMENTOS
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Visto: 1.- Que, el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968 establece: “Sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia, las resoluciones que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación, y las que se pronuncien sobre medidas cautelares”. 2.- Que, en la situación en estudio, la resolución impugnada es aquella que ordenó rectificar resolución dictada con fecha 26 de octubre del año 2024, declarando que la entrada en vigor de la rebaja de alimentos de causa RIT C-522-2020, rige a partir de junio del año 2023,...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción CVF/par Concepción, veintitrés de diciembre de dos mil veinticuatro. Al escrito de folio 4: Estese al mérito de lo que se resolverá. Visto: 1.- Que, el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968 establece: “Sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia, las resoluciones que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación, y las que se pronuncien sobr
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