FABRICACIÓN DE EXPLOSIVOS ORICA CHILE S.A/FISCO DE CHILE- SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA - LTE -
Rol
Fecha
17 de diciembre de 2024
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que esta Corte entiende que las demandadas han tenido
Fundamentos
motivos plausibles para haber opuesto excepciones dilatorias, razón por la cual no deben soportar el pago de las costas generadas en su virtud. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 144 y 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de treinta de noviembre de dos mil veintidós, dictada por el Décimo Octavo Juzgado Civil de Santiago, en aquella parte que condenó en costas a los demandados, y
Fallo
se decide, en cambio, que se los absuelve de su pago. Se confirma, en lo demás apelado, la mencionada resolución. Acordado, en la revocatoria, con el voto en contra de la ministra señora Gutiérrez, quien estuvo por confirmar, también en ese extremo, la aludida resolución. Devuélvase. N°Civil-18680-2022. En Santiago, diecisiete de diciembre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de diciembre de dos mil veinticuatro. A los escritos folios 58, 59, 60 y 61: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Que esta Corte entiende que las demandadas han tenido motivos plausibles para haber opuesto excepciones dilatorias, razón por la cual no deben soportar el pago de las costas generadas en su virtud. Y visto, además, lo dispuesto e
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