JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE LA SERENA

LAZO TABILO, JOSÉ/ A

Rol

Fecha

17 de diciembre de 2024

Materia

REMUNERACIONES

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Ante el Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena, se substanciaron estos autos RIT M-418-2024 caratulados “LAZO CON A&E TELCONNECT S.p.A.”, sobre reconocimiento de relación laboral y cobro de prestaciones. Por sentencia de treinta de julio de dos mil veinticuatro, se acogió parcialmente la demanda deducida y se declaró que entre las partes existió una relación laboral entre el dos de noviembre y el treinta y uno de diciembre de dos mil veintitrés, por lo que condenó a la demandada al pago de $112.222.- por concepto de feriado proporcional, rechazándola en todo lo demás. En su contra, la parte demandante recurrió de nulidad invocando como causal principal aquella establecida en el artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, esto es, “Cuando sea necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos, sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior”. En subsidio de la anterior, invoca la causal del artículo 477 inciso primero parte final del Código del Trabajo del Código del Trabajo, esto es: “Cuando se hubiere pronunciado con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo”, específicamente con relación al artículo 459 N°5 del Código del Trabajo, infracción que estima ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Por lo cual solicita a esta Corte que se acoja el recurso, se anule la sentencia declarando parcialmente la nulidad de la misma y, en su mérito, se dicte la correspondiente sentencia de remplazo, en virtud de la cual se acoja también la acción de cobro de remuneraciones adeudadas, todo ello sin perjuicio de la facultad legal de esta Corte, conferida por el artículo 479 inciso final del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso, se escuchó al abogado de la parte demandante quien alegó a favor del recurso. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurrente invoca en primer lugar la causal de nulidad prevista en el artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, esto es, “Cuando sea necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos, sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior”. Considera que el

Fallo

fallo impugnado incurrió en la causal de nulidad alegada, por cuanto al resolver la controversia, de la manera que se hizo, se estimó que, a pesar de haberse acreditado la relación laboral entre las partes y que existe una deuda por remuneraciones, el trabajador no logró acreditar el monto adeudado, rechazando el pago de su remuneración adeudada desde diciembre de dos mil veintitrés; en circunstancias que sobre la base de los mismos hechos acreditados en la causa y la jurisprudencia aplicable, debió haber dado lugar al pago de la remuneración adeudada por concepto de comisiones devengadas, solicitadas en el libelo pretensor. Refiere que conforme con los hechos probados durante el juicio, la sentenciadora tuvo por establecido que entre las partes existía una relación laboral y, dada la falta de un contrato escrito, conforme con el artículo 9 del Código del Trabajo, se presume que la remuneración mixta, conformada por sueldo base y comisiones, la que ascendía a la suma de $1.346.677. Asimismo, los testigos fueron contestes en señalar que a la fecha, se adeudan al actor remuneraciones o comisiones, sin tener precisión en el monto, pero sí en el hecho de la deuda. Señala que su parte acreditó la existencia de la relación laboral y las condiciones de la misma (función/ jornada/ y remuneración mixta), según lo aseverado en la demanda. Es decir, se acreditó el primer y segundo punto de prueba. Esta circunstancia, desde luego que genera efectos para el empleador, no solo en el ámbi

Texto Completo (Preview)

Lazo Tabilo, José A&E Teleconnet SpA Reconocimiento de relación laboral y prestaciones Rol 286-2024 (RIT M-418-2024 del Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena) La Serena, a diecisiete de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Ante el Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena, se substanciaron estos autos RIT M-418-2024 caratulados “LAZO CON A&E TELCONNECT S.p.A.”, sobre reconocimiento de

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