JUZGADO DE GARANTIA DE COQUIMBO

C/ CRISTIAN ALBANY HERNANDEZ HUERTA

Rol

Fecha

17 de diciembre de 2024

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: 1° Que, es dable consignar que la defensa del encartado cuestiona la concurrencia de la letra b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en orden a no existir, a su juicio, antecedentes suficientes de participación de su representado en los delitos imputados. Lo cierto es que se trata de la formalización de dos delitos de robo con violencia e intimidación, cometidos, el primero, en septiembre de dos mil veintitrés, cuya ocurrencia se encuentra debidamente acreditada, en este estadio procesal con las declaraciones de las víctimas y, en cuanto a la participación, constan las pericias efectuadas al teléfono de uno de los co-imputados, en especial, la meta data obteniendo registro del celular del imputado el que, conforme a la pericia de tráfico de antena celular, es situado en el lugar de ocurrencia del hecho y en aquel en el que fue abandonado el automóvil que fue utilizado en su comisión, más fotografías portando el arma usada en el mismo. Aquello es suficiente para entender concurrente la letra b) previamente señalada pero, asimismo, consta nueva fotografía con especies presuntamente obtenidas de este nuevo ilícito, permitiendo tener por establecida, en este estadio procesal y con el estándar exigido en esta sede, la participación del imputado en ambos ilícitos. 2° Que, ambos delitos, dada su gravedad, son castigados con penas de crimen bajo un marco rígido, lo que, sumado a sus antecedentes previos, estando en cumplimiento de condena pretérita, la pluralidad de malhechores, y la forma de comisión del ilícito, hacen presumir que, en el evento de condena, ésta será cumplida de manera efectiva,

Fundamentos

motivos más que suficientes para confirmar la prisión preventiva por ser la libertad del encartado peligrosa para la seguridad de nuestra sociedad.

Fallo

Por estas consideraciones y, visto, además, lo dispuesto en los artículos 139, 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de nueve de diciembre de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Garantía de Coquimbo, que decretó la prisión preventiva del imputado Cristian Albany Hernández Huerta por ser su libertad peligrosa para la seguridad de la sociedad. Con lo actuado, se pone término a la audiencia, firmando el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator Eduardo Silva Jerez. Devuélvase vía interconexión. Rol N°1710-2024 Penal.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, diecisiete de diciembre de dos mil veinticuatro. Siendo las 09:40 horas, ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro titular señor Felipe Pulgar Bravo e integrada por el Ministro suplente señor Ricardo Riquelme Carpenter y la Abogada integrante señora Carolina Salas Salazar, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto p

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