3º JUZGADO DE LETRAS DE COQUIMBO

KETCAL SPA/INMOBILIARIA TREMONTI SPA

Rol

Fecha

17 de diciembre de 2024

Materia

REIVINDICACIÓN

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada, dictada por la Sra. Jueza Titular del Tercer Juzgado de Letras de Coquimbo, en autos Rol C-866-2021, el 12 de mayo de 2023, salvo las siguientes precisiones: 1.- En el motivo undécimo (llamado “décimo primero”) el concepto “prepuestos” se reemplaza por “presupuestos”. 2.- En el

Fundamentos

considerando décimo tercero línea 3ª, se reemplaza la expresión “al titulares la calidades” por “al titular la calidad”. 3.- En la motivación décimo sexta se reemplaza el concepto “estudiarse” de la segunda línea por “estudiar” y en la cuarta línea, luego de la frase “en caso de autos no ocurre” reemplazaremos la coma por un punto seguido. Y SE TIENE, EN SU LUGAR, Y ADEMÁS PRESENTE: PRIMERO: Que el

Fallo

Se resuelve negar lugar, dado que los argumentos no se corresponden con alguna de las causales de los artículos 342 ni 346 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio del valor probatorio que se le asigne en esta sentencia. II.- En cuanto al fallo apelado: VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada, dictada por la Sra. Jueza Titular del Tercer Juzgado de Letras de Coquimbo, en autos Rol C-866-2021, el 12 de mayo de 2023, salvo las siguientes precisiones: 1.- En el motivo undécimo (llamado “décimo primero”) el concepto “prepuestos” se reemplaza por “presupuestos”. 2.- En el considerando décimo tercero línea 3ª, se reemplaza la expresión “al titulares la calidades” por “al titular la calidad”. 3.- En la motivación décimo sexta se reemplaza el concepto “estudiarse” de la segunda línea por “estudiar” y en la cuarta línea, luego de la frase “en caso de autos no ocurre” reemplazaremos la coma por un punto seguido. Y SE TIENE, EN SU LUGAR, Y ADEMÁS PRESENTE: PRIMERO: Que el fallo objeto de la impugnación que se revisa, en lo pertinente, acogió parcialmente la demanda interpuesta y, en consecuencia, declaró que los demandantes son dueños de las propiedades que singulariza, condenando a la demandada a la restitución de la superficie ocupada, rechazando a su vez la demanda en cuanto a la restitución de frutos e indemnización de deterioros y, consecuencialmente, omitió pronunciamiento respecto de la demanda subsidiaria, por haberse acogido la principal, con costas de la causa.

Texto Completo (Preview)

Ketcal Spa Inmobiliaria Tremonti Spa Reivindicación Rol N°915-2023 (Rol N° C-866-2021 del Tercer Juzgado de Letras de Coquimbo).- La Serena, diecisiete de diciembre de dos mil veinticuatro. I.- En relación con la objeción de los documentos anexados a folio 17: Se resuelve negar lugar, dado que los argumentos no se corresponden con alguna de las causales de los artículos 342 ni 346 del Código de P

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