CAMARGO/MONSALVE
Rol
Fecha
16 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que Marcelo Hernán Barrios Orellana, abogado, en representación de Saida Katerine Camargo Sumalave, de nacionalidad venezolana, interpone recurso de protección en contra de la Subsecretaría del Interior por el acto ilegal y arbitrario consistente en no resolver su solicitud de residencia temporal ingresada con fecha 10 de octubre de 2023, vulnerando su garantía constitucional consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, solicitando se ordene a la recurrida resolver dicha solicitud en un término de 30 días. Segundo: Que Gonzalo Becerra Arias, abogado, en representación de la Subsecretaría del Interior, informa que la solicitud de otorgamiento excepcional de permiso de "residencia temporal por caso calificado o humanitario" de la parte recurrente ya se encuentra resuelta, mediante la Resolución Exenta N° 30.141, de fecha 16 de agosto de 2024, la cual fue debidamente notificado a la parte recurrente mediante oficio N° 59.682 de fecha 13 de noviembre de 2024, del Servicio Nacional de Migraciones, adjuntando la documentación respectiva. Tercero: Que el recurso de protección de garantías constitucionales, consagrado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción cautelar o de emergencia destinada a amparar el legítimo ejercicio de derechos preexistentes mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amague o moleste ese ejercicio. Cuarto: Que, consecuentemente, es requisito indispensable de admisibilidad de la acción cautelar de protección la constatación de la existencia de un acto ilegal, esto es, contrario a la ley, o arbitrario, producto del mero capricho de quien incurre en él, que provoque alguna de las situaciones que se han indicado y que afecte, además, una o más de las garantías constitucionales protegidas por el citado artículo 20 de la Carta Fundamental. Quinto: Que, de acuerdo c
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas la acción de protección interpuesta en favor de Saida Katerine Camargo Sumalave y en contra de la Subsecretaría del Interior. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-17516-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Marcelo Hernán Barrios Orellana, abogado, en representación de Saida Katerine Camargo Sumalave, de nacionalidad venezolana, interpone recurso de protección en contra de la Subsecretaría del Interior por el acto ilegal y arbitrario consistente en no resolver su solicitud de residenci
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica