SIN INFORMACION

CANIUMÁN/CARRASCO

Rol

Fecha

16 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: 1. Que se ha presentado un recurso de protección en el que se solicita el amparo constitucional respecto de un asunto de carácter declarativo relacionado con ordenar por este vía a un Juez con competencia civil que revoque la negativa a certificar la ejecutoria de una sentencia judicial que en incide en un proceso donde se discuten derechos patrimoniales y obligaciones contractuales. 2. Que el recurso de protección, conforme al artículo 20 de la Constitución Política de la República y al Auto Acordado sobre su tramitación, tiene como objeto cautelar en forma expedita y efectiva el ejercicio de derechos fundamentales frente a actos u omisiones ilegales o arbitrarios que causen privación, perturbación o amenaza a dichos derechos, pero no constituye una vía idónea para resolver cuestiones de naturaleza declarativa, ni para analizar o modificar resoluciones judiciales pendientes en otras instancias. 3. Que el asunto planteado en el recurso presentado, relacionado con la aplicación de normas contractuales y derechos patrimoniales en un litigio civil, o respecto a la ejecutoriedad de una sentencia pronunciada por un Juzgado Civil, corresponde a materias que deben ser conocidas y resueltas dentro de la jurisdicción ordinaria, específicamente en sede civil, mediante los procedimientos o recursos establecidos por la ley para tales efectos. 4. Que, en virtud de lo anterior, el recurso de protección no puede ser admitido, pues no cumple con el objetivo constitucional de este mecanismo, esto es, brindar protección efectiva frente a vulneraciones actuales y concretas de derechos fundamentales por actos arbitrarios o ilegales. Por tales consideraciones se declara INADMISIBLE el recurso de protección interpuesto por don Luis Seguel Mora a folio N°1, por no corresponder su naturaleza y objetivos a los fines previstos por el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Archívese. N°Protección-8421-2024. (cwm)

Fallo

se declara INADMISIBLE el recurso de protección interpuesto por don Luis Seguel Mora a folio N°1, por no corresponder su naturaleza y objetivos a los fines previstos por el artículo 20 de la Constitución Política de la República. Archívese. N°Protección-8421-2024. (cwm)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, dieciséis de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos: 1. Que se ha presentado un recurso de protección en el que se solicita el amparo constitucional respecto de un asunto de carácter declarativo relacionado con ordenar por este vía a un Juez con competencia civil que revoque la negativa a certificar la ejecutoria de una sentencia judicial que en incide en un proceso donde

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