SIN INFORMACION

DONOVAN ALEXANDER ROBERTO MARÍN TAPIA/CORTE DE APELACIONES DE TEMUCO

Rol

Fecha

16 de diciembre de 2024

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente que: Primero. Rigoberto Ortiz Pelizari, abogado, en representación de Donovan Alexander Marín Tapia, condenado como autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando lesiones leves, en causa RIT 1086-2024, RUC 2410024260-1, del Juzgado de Letras y Garantía de Pucón, recurre de amparo en contra de la Segunda Sala de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Temuco, integrada por el ministro señor Carlos Gutiérrez Zavala, el fiscal judicial señor Juan Santana Soto y el abogado integrante señor Cristián Carvajal de Vicenci, impugnando la resolución de 2 de diciembre del 2024 que, confirmando la sentencia de primer grado, decidió rechazar la solicitud de pena sustitutiva. Sostiene que la resolución de la Sala recurrida adolece de falta de fundamentación y se extiende a cuestiones no solicitadas por el recurrente, pues la discusión se refirió a la aplicación en este caso del artículo 62 de la Ley Nº20.000 y no del artículo 1º, inciso cuarto, de la Ley Nº18.216, norma fundante de la sentencia recurrida. Segundo. Informaron los magistrados recurridos señalando que, en la dictación de la resolución impugnada, no se ha incurrido en un accionar ilegal o arbitrario, ya que han resuelto un recurso de apelación que incide en una sentencia, ejerciendo la actividad jurisdiccional que les es propia y con estricto apego a la ley. Tercero. Por medio de este amparo se reprocha una resolución judicial dictada por otra Corte de Apelaciones en un proceso legalmente tramitado, tal como si fuera un recurso ordinario, en circunstancias que solo podría estimarse procedente el amparo constitucional ante situaciones extraordinarias, en las que, hipotéticamente, un tribunal sobrepasara los procedimientos y actuara arbitrariamente, con desprecio del recto ejercicio de la función jurisdiccional. Por otra parte, por regla generalísima, esta Corte carece de competencia para conocer del presente asunto, toda vez que no tiene la

Fallo

Por estas consideraciones, y vistos, además, lo establecido en los artículos 19 N°7 y 21 de la Constitución Política de la República, se RECHAZA, con costas, el recurso de amparo deducido en favor de Donovan Alexander Marín Tapia. Regístrese digitalmente, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-339-2024.

Texto Completo (Preview)

Valdivia, dieciséis de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente que: Primero. Rigoberto Ortiz Pelizari, abogado, en representación de Donovan Alexander Marín Tapia, condenado como autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando lesiones leves, en causa RIT 1086-2024, RUC 2410024260-1, del Juzgado de Letras y Garantía de Pucón, re

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