GALINDO/BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES
Rol
Fecha
16 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Raúl Andrés San Martín Rodríguez, abogado, en representación de don Víctor Mauricio Galindo Cárcamo, empresario, quien interpone recurso de protección en contra del Banco De Crédito e Inversiones, representado legalmente por Eugenio Von Chrismar Carvajal, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en el cargo unilateral efectuado en la cuenta vista del recurrente por la suma de $10.579.288 (diez millones quinientos setenta y nueve mil doscientos ochenta y ocho pesos) el día 26 de junio de 2024, actuación que, según expone, vulnera las garantías constitucionales contempladas en el artículo 19 números 1°, 2°, 3° inciso 5° y 24° de la Constitución Política de la República. Expone el recurrente que es cliente del Banco BCI desde hace muchos años, siendo titular de la cuenta vista N° 38194449, sin mantener en la actualidad ningún crédito vigente con dicha institución. Señala que el día 26 de junio de 2024, la recurrida, sin previo aviso ni autorización alguna, procedió a efectuar un cargo en su cuenta vista por la suma de $10.579.288. Realizadas las averiguaciones correspondientes, se le informó que dicho cargo se debería a una deuda que mantiene la sociedad Asesorías Magal SPA, respecto de la cual el recurrente tendría la calidad de aval y/o codeudor solidario. Agrega que, indagando más antecedentes, tomó conocimiento que con fecha 13 de julio de 2023, el banco recurrido inició un proceso ejecutivo ante el 18° Juzgado Civil de Santiago, causa Rol C-11730-2023, donde el recurrente figuraría como demandado, sin haber sido jamás notificado de dicha acción. La demanda ejecutiva se fundamentaría en un pagaré suscrito el 17 de mayo de 2022, por la suma de $33.450.000, con vencimiento el 10 de agosto de 2022. Sostiene que, conforme a los artículos 98 y siguientes de la Ley 18.092, la acción ejecutiva asociada a dicho pagaré se encuentra prescrita desde el 10 de agosto de 2023. No obstante lo anterior, la recu
Fundamentos
fundamentos jurídicos, el recurrente sostiene que la acción de protección constituye una acción cautelar destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos constitucionales preexistentes que se vean afectados por actos u omisiones arbitrarios o ilegales. Argumenta que la arbitrariedad implica carencia de razonabilidad, falta de proporción entre los motivos y el fin a alcanzar, ausencia de ajuste entre los medios empleados y el objetivo, o inexistencia de los hechos que fundamentan un actuar. Por su parte, sostiene que la ilegalidad se configura cuando una acción u omisión no se atiene a la normativa por la que debe regirse o cuando un órgano ejerce atribuciones en forma indebida. Señala que el actuar de la recurrida excede el ámbito de su competencia constitucional, conforme a los artículos 6 y 7 de la Constitución, además de contravenir el iter contractual aplicable. Agrega que el banco carece de facultades normativas para efectuar cargos unilaterales sin contar con resolución administrativa o judicial que lo autorice, configurándose además una comisión especial prohibida por el artículo 19 N° 3 inciso 5° de la Constitución. Sostiene que el banco tiene el deber de custodiar los fondos de la cuenta vista, no pudiendo apropiarse de ellos sin una resolución judicial que así lo disponga, ya sea mediante embargo, medida precautoria o sentencia definitiva dictada en juicio ejecutivo. Alega que los actos de la recurrida vulneran sus derechos constitucionales de la siguiente manera: a) afectan su integridad física y psíquica al privarlo del dinero necesario para su subsistencia y la de su familia; b) vulneran la igualdad ante la ley al pasar por alto el estatuto que regula los contratos de cuenta vista; c) contravienen el derecho a no ser juzgado por comisiones especiales al actuar el banco como tribunal soslayando el procedimiento judicial ordinario; y d) lesionan su derecho de propiedad sobre los fondos depositados en la cuenta vista y sobre el derecho personal emanado del contrato bancario. Adjunta la siguiente documentación: 1) Copia autorizada de escritura pública con firma electrónica avanzada que acredita el mandato judicial; 2) Copia de cadena de tres correos electrónicos de fecha 26 de junio de 2024 intercambiados con ejecutivos del Banco BCI; y 3) Copia del ebook correspondiente a la causa Rol C-11730-2023 del 18° Juzgado Civil de Santiago. Solicita que se acoja el recurso y se ordene el cese inmediato del acto arbitrario e ilegal que afecta sus derechos constitucionales, que se impida cualquier acto posterior que afecte sus derechos fundamentales; lo anterior con costas a la recurrida. Segundo: Que, informando el banco recurrido , solicita el rechazo de la acción constitucional fundada en las siguientes defensas: a) La existencia de hechos controvertidos que exceden la naturaleza del recurso de protección y la inexistencia de derechos indubitados; b) La existencia de un estatuto legal especial para resolver controversia
Fallo
Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el deducido en favor de Víctor Mauricio Galindo Cárcamo, en contra del Banco De Crédito e Inversiones Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol nro. Protección-16692-2024
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de diciembre de dos mil veinticuatro. A los folios 31 y 32: téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Raúl Andrés San Martín Rodríguez, abogado, en representación de don Víctor Mauricio Galindo Cárcamo, empresario, quien interpone recurso de protección en contra del Banco De Crédito e Inversiones, representado legalmente por Eu
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