REYES/FONDO NACIONAL DE SALUD (FONASA)
Rol
Fecha
16 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece Mairin Reyes Romero, por sí, interponiendo recurso de protección en contra del Fondo Nacional de Salud (FONASA), representado por su Director Nacional don Camilo Cid Pedraza, por haber negado la cobertura del medicamento Trikafta, prescrito por su médico tratante para el tratamiento de la fibrosis quística que padece, actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que se fundamenta únicamente en consideraciones económicas y administrativas, vulnerando con ello las garantías fundamentales contempladas en el artículo 19 N°1 (derecho a la vida y a la integridad física y psíquica) y N°2 (igualdad ante la ley) de la Constitución Política de la República, por lo que solicita se ordene a FONASA otorgar la cobertura del medicamento Trikafta de manera gratuita y permanente. Expone la recurrente que padece un caso severo de Fibrosis Quística con mutación genética (DF508), enfermedad genética, degenerativa, invasiva, grave y letal que provoca que las secreciones excretadas por los distintos órganos del cuerpo sean anormalmente espesas al afectar a los epitelios secretores. Explica que se trata de una afección multisistémica que daña diversos órganos como páncreas, hígado, piel, aparato reproductor y, principalmente, el aparato respiratorio, siendo la principal causa de muerte a temprana edad dentro de las enfermedades raras. Señala que fue diagnosticada tardíamente luego de sufrir constantemente problemas respiratorios y nutricionales durante toda su vida, requiriendo al menos 15 hospitalizaciones con una duración total de más de 2 años. Sus síntomas incluyen desnutrición, diabetes consecuencial a la Fibrosis Quística, infecciones respiratorias, hemoptisis y pérdida severa de la capacidad respiratoria, lo que ha llevado a la pérdida de su movilidad y autonomía, encontrándose pensionada por invalidez. Indica que su sistema respiratorio se encuentra seriamente comprometido producto de infecciones crónicas como Staphilococo Aureus
Fundamentos
considerando que no es solo paliativo como los medicamentos de la actual canasta GES, sino que ataca la causa de la enfermedad deteniendo su progresión. Este fármaco cuenta con registro ISP desde el 9 de noviembre de 2023 y ha demostrado beneficios significativos, mejorando el VEF1, el índice de masa corporal y disminuyendo las exacerbaciones respiratorias, traduciéndose en mejorías en la calidad de vida incluso en pacientes con enfermedad pulmonar avanzada. En cuanto a los fundamentos jurídicos, la recurrente sostiene que la negativa de FONASA constituye una discriminación arbitraria al carecer de justificación razonable, argumentando que las consideraciones económicas no pueden ser óbice para condenar a muerte o a una deficiente calidad de vida a las personas. Cita abundante jurisprudencia de la Corte Suprema que ha acogido recursos similares, estableciendo que las consideraciones de índole económica no pueden amenazar garantías fundamentales cuando la familia del paciente no se encuentra en condiciones de adquirir el medicamento. Sostiene que la actuación recurrida vulnera el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica, al negarle acceso a un tratamiento que aumentaría significativamente su esperanza de vida, pasando de los actuales 30 años a una media sobre los 65 años, además de mejorar sustancialmente su calidad de vida. Asimismo, alega la vulneración del derecho a la igualdad ante la ley, al establecer una distinción arbitraria basada únicamente en consideraciones económicas.
Fallo
Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se ordene a FONASA suministrar el medicamento Trikafta a la recurrente, gratuitamente y de por vida, o mientras el médico tratante lo prescriba, con costas. Segundo: Que informando el recurso, FONASA, a través de su apoderado Matías Aranda Butrón, solicita el rechazo del mismo, fundado en las siguientes consideraciones: En primer término, expone antecedentes generales sobre la fibrosis quística, explicando que se trata de una enfermedad genética ocasionada por mutaciones en el gen que codifica la proteína reguladora de la conductancia transmembrana (CFTR), habiéndose detectado más de 2000 variantes, de las cuales 360 son catalogadas como patogénicas, siendo la más común la denominada p.Phe508del o c.1521_1523delCTT. Respecto a la esperanza de vida de los pacientes con esta patología, indica que según diversos estudios y estadísticas internacionales, esta ha aumentado significativamente en las últimas décadas. Señala que en España alcanza los 40-50 años, en Argentina la mediana de supervivencia es de 37,5 años con expectativas de más de 50 años para nacidos a principios del siglo XXI, mientras que según el Manual MSD se predice que las personas nacidas en 2021 en Estados Unidos vivirán aproximadamente hasta los 65 años. La recurrida objeta varios de los hechos expuestos en el recurso. En primer lugar, cuestiona la supuesta severidad del caso, argumentando que hacer referencia a descripciones gener
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de diciembre de dos mil veinticuatro. Proveyendo los escritos folios 18 y 19: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Comparece Mairin Reyes Romero, por sí, interponiendo recurso de protección en contra del Fondo Nacional de Salud (FONASA), representado por su Director Nacional don Camilo Cid Pedraza, por haber negado la cobertura del m
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