LAURENT AMBROISE / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
13 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniéndose presente, Primero: Que, el 26 de noviembre de 2024, comparece Tomás Guillermo Matheson Mujica en favor de Ambroise Laurent e interpone recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto arbitrario e ilegal consistente en el rechazo de la solicitud de residencia definitiva. Expone que la amparada originaria de Haití ingresó a Chile con la intención de mejorar su vida y la de su familia, que aún vive en su país de origen, obteniendo oportunamente el permiso de residencia temporal que le permite postular a una residencia definitiva. Señala que la recurrida mediante resolución de 4 de noviembre de 2024 informó a la amparada el rechazo de la solicitud por no cumplir con los requisitos que lo habilitan para residir en el país, al no presentar el Certificado de Antecedentes de país de origen debidamente legalizado o apostillado, ni la sanción solicitada por la autoridad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 número 1 de la Ley N° 21.325 Reclama que la resolución en cuestión resulta ilegal, al no observar las garantías de un justo y racional procedimiento y adoptar una medida desproporcionada, carente de razonabilidad. Argumenta, en ese sentido, que la autoridad analizó en su momento la solicitud para acogerla a tramitación, pero que no tomó en consideración al dictar la resolución “que ordena el abandono”, aplicando una sanción desmesurada e injusta. En virtud de lo anterior, solicita que se acoja la acción y se deje sin efecto la resolución que dispone el abandono del país de la amparada y se retrotraiga el procedimiento, permitiéndole complementar los antecedentes de que dispone la recurrida o, en su defecto, realizar una nueva postulación, todo hasta la completa resolución del asunto. Además, pide que en el caso de lo anterior se le otorgue certificado de residencia en trámite, a fin de demostrar que se encuentra de manera legal en el país frente a terceras personas. Segundo: Que, a folio 17, comparece el Se
Fundamentos
considerando que precede, no se visualiza en forma alguna una vulneración o amenaza a la garantía establecida en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, en cuanto se prive, perturbe o amenace la libertad personal y seguridad individual del actor, por cuanto le fueron requeridos a la demandada en dos oportunidades que acompañase los antecedentes necesarios para acreditar el cumplimiento de los requisitos que la ley establece, de manera que al no haberlo hecho, no puede calificarse de ilegal el actuar de la recurrida, sino más bien se desprende que ésta ha cumplido el rol que la ley le reconoce en orden a la verificación de los requisitos que el legislador ha establecido para la obtención de beneficios migratorios.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas, en el Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Ambroise Laurent, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-3530-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, trece de diciembre de dos mil veinticuatro. Vistos y teniéndose presente, Primero: Que, el 26 de noviembre de 2024, comparece Tomás Guillermo Matheson Mujica en favor de Ambroise Laurent e interpone recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto arbitrario e ilegal consistente en el rechazo de la solicitud de residencia definitiva. Expone
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