TABILO GALLARDO, PAUL FRANCISCO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
13 de diciembre de 2024
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece doña Marcela Cisternas Milategua, abogada, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado Paul Francisco Tabilo Gallardo, cédula nacional de identidad N°12.221.127-4, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el acto consistente en la dictación de la Resolución N°19-2024, de 11 de octubre de 2024, mediante la cual se denegó la concesión del beneficio de libertad condicional, lo que compromete las garantías de libertad personal y seguridad individual, consagradas en el numeral 7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que el amparado se encuentra actualmente cumpliendo la pena de 4 años de presidio menor en su grado máximo por el delito de robo en lugar no habitado, cuyo inicio fue el 8 de enero de 2022, previéndose el término de la condena para el 16 de octubre de 2025. Señala que, a pesar de cumplir los requisitos, la Comisión de Libertad Condicional negó al amparado tal beneficio por considerar que mantiene un riesgo medio de reincidencia, no presenta conciencia del mal causado y no manifiesta rechazo explícito a los delitos cometidos, lo que no es efectivo, por cuanto sí ha demostrado importantes avances en su proceso de reinserción durante el periodo de reclusión. Refiere que, en el ámbito laboral, se encuentra inserto en el programa de trabajadores independientes desde julio de 2023, en el rubro de la mueblería, actividad que se mantiene vigente hasta la actualidad. Adicionalmente, desde junio de 2024, participa en programa de trabajadores dependientes desempeñándose al interior del recinto penal en el cargo de auxiliar multiservicio, repostero turno de fin de semana para la empresa Siges Chile SpA. A su turno, en el área de capacitación laboral, realizó curso de ese tipo y de oficio altura física y sistema de protección. Por otra parte, en el área educacional, se encuentra cursando 1º y 2º medio al interior del recinto penal. Manifiesta que ha desarrollado actividades de forma sostenida, que dan cuenta de la rehabilitación social de la que ha sido parte, ha realizado cursos de capacitación laboral, así como también participó en taller asociación a pares infractores de ley. Destaca que el informe psicosocial evacuado por doña Carmen Mendieta Rivera, da cuenta que el amparado mantiene una red de apoyo familiar cercana, conformada su familia nuclear –conviviente y tres hijos– como por la de origen, quienes le brindan contención y apoyo y expresamente reprochan su actuar delictual. El mismo instrumento afirma que presenta un bajo riesgo de reincidencia, que se encuentra preparado para una vida en el medio libre y que el tiempo que permaneció privado de libertad lo ha disuadido de cometer nuevos delitos. Argumenta, en relación a la afirmación contenida en el informe psicológico de Gendarmería, que hace suya la Comisión, relativa a que el amparado no posee conciencia del mal causado como tampoco manifiesta rechazo explícito a los delitos cometi
Fallo
por tanto acto ilegal o arbitrario, no cabe a esta Corte más que rechazar el arbitrio deducido, como se dirá en lo resolutivo. Por los motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, el recurso de amparo interpuesto en favor de Paul Francisco Alejandro Tabilo Gallardo, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol N°499-2024 Amparo.
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Tabilo Gallardo, Paul Francisco Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N°499-2024.- La Serena, trece de diciembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece doña Marcela Cisternas Milategua, abogada, interponiendo acción constitucional de amparo en favor del condenado Paul Francisco Tabilo Gallardo, cédula nacional de identidad N°12.221.127-4, en contra
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